Comunidad recuerda a los consumidores que tienen los mismos derechos durante el período de rebajas que el resto del año

Las Rebajas
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 21 julio 2012 16:34

MURCIA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, a través de la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía, recuerda a los consumidores que tanto sus derechos cuando compran o contratan un producto o servicio, como los mecanismos de que disponen al realizar una reclamación, siguen siendo los mismos en el período de rebajas que durante el resto del año.

La directora de Consumo, Comercio y Artesanía, María Dolores Alarcón, ha explicado que "para poder reclamar en el caso de que se produzcan deficiencias, se recomienda conservar el justificante de compra o el contrato de un servicio".

"Si bien lo más cómodo es reclamar por vía telefónica, es preferible hacerlo por correo electrónico, por medio de algún sistema de reclamaciones que haya en la página web de la empresa o a través de su dirección postal, para que quede constancia escrita del inicio del proceso. No obstante, la mejor opción es dirigir a la empresa la reclamación por escrito", ha dicho la directora general.

Aunque siempre es preferible intentar llegar a un acuerdo amistoso con la empresa, si tras comunicarle de manera verbal su desacuerdo el consumidor considera que el problema no se ha solucionado, puede solicitar que se le entregue una hoja de reclamaciones.

Los establecimientos están obligados a facilitar un ejemplar, que consiste en un juego de tres impresos autocopiativos, integrado por una hoja de color rojo, otra verde y otra azul.

Tras rellenar la hoja de reclamaciones, la empresa reclamada se queda con su copia. El consumidor debe encargarse de remitir otra a una oficina de Información al Consumidor (OMIC) y la tercera hoja es para el propio usuario o cliente.

La red de Oficinas Municipales de Información al Consumidor existentes en toda España puede consultarse en la web del Instituto Nacional del Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, así como en la página 'www.murciaconsumo.es'.

En la actualidad, la mayoría de las reclamaciones que reciben las administraciones públicas por parte de los consumidores se refieren a deficiencias en atención al cliente.

Cuando no se llega a un acuerdo con la empresa, bien porque ésta no contesta a la reclamación bien porque la respuesta no satisface al usuario, éste puede acudir a las juntas arbitrales de consumo.

El Sistema Arbitral del Consumo es el órgano que la Comunidad Autónoma pone a disposición de los ciudadanos para resolver las reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo. Es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios o profesionales, con independencia de su cuantía.

Finalmente, si en el conflicto de consumo el usuario no logra alcanzar un acuerdo con la empresa o ésta no acepta someterse al Sistema Arbitral de Consumo, queda la opción de presentar una demanda ante los tribunales.

En cualquier caso, para evitar llegar a esta situación "conviene acudir a establecimientos que cumplan la exigencia de informar de forma adecuada al consumidor y que exhiban el distintivo de Sistema Arbitral de Consumo", puntualiza Alarcón.