Hacienda prevé que la bonificación de Sucesiones influya en renuncias a herencias, que se duplicaron entre 2012 y 2016

 Andrés Carrillo, A La Derecha, En La Rueda De Prensa
GOBIERNO REGIONAL
Publicado: lunes, 15 enero 2018 15:05

La bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ahorrará 53 millones a los ciudadanos este año

MURCIA, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -

El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Andrés Carrillo, prevé que la entrada en vigor de la bonificación del 99 por ciento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad el pasado 1 de enero tenga un "impacto" en las renuncias a herencias, que casi se duplicaron en la Región entre 2012 y 2016.

En concreto, según datos del Consejo General del Notariado, en 2012, cuando había una bonificación fiscal del 99 por ciento en el impuesto, se registraron 579 renuncias a herencias; mientras que en 2016, año en el que estaba se aplicaba el impuesto sin bonificaciones, las renuncias se elevaron a 1.080.

"No todas las renuncias son por el impuesto, sino que también puede ser porque lleva emparejada una deuda", ha señalado Carrillo, quien señala que la bonificación "tiene lógicamente un impacto". En cuanto a las renuncias, el consejero ha puntualizado que los bienes pasan al siguiente heredero, y si se agota la línea de herederos, es el Estado el que se hace cargo.

Asimismo, Carrillo prevé un "incremento muy sustancial" de las donaciones en vida en la Región de Murcia tras la entrada en vigor de la bonificación, ya que "muchas personas que estaban esperando este momento para hacer efectiva una decisión".

Y es que en 2014, cuando no había ninguna bonificación, se registraron 3.529 donaciones. En 2016, con la bonificación al 60 por ciento, se dieron 4.906, un 40 por ciento más, según ha hecho saber Carrillo en una rueda de prensa en la que ha comparecido junto al director de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Isaac Sanz.

UN AHORRO DE 75 MILLONES

A este respecto, Carrillo ha señalado que la bonificación del 99 por ciento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Región supondrá un ahorro para los ciudadanos de 53 millones en 2018 y hasta 75 millones en 2019, según ha señalado.

"La eliminación de este impuesto tiene un carácter social, ya que beneficiará a familias de todo tipo y además favorecerá la actividad económica, al impulsar las donaciones en vida", ha indicado el consejero, quien ha destacado que "la Región se une a Canarias y Madrid, únicas comunidades que han eliminado este injusto impuesto".

La norma beneficiará a unos 45.000 herederos anuales, según Carrillo. La reducción se aplica a aquellos fallecimientos o donaciones producidas a partir del 1 de enero de 2018, y está destinada a ascendientes, cónyuges y descendientes, que suponen el 84 por ciento de las herencias en la Región.

Carrillo ha señalado que la bonificación ha aumentado al 99 por ciento en 2018 para cónyuges y para "toda la línea" de ascendientes y descendientes, es decir, sin distinción de grado de parentesco.

De esta forma, en línea descendente no se beneficiarán sólo los hijos, sino también los nietos, bisnietos o tataranietos, mientras que en línea ascendente también podrán heredar los padres, abuelos o bisabuelos, algo "más extraño" pero que también ocurre, tal y como ha señalado Carrillo.

En segundo lugar, Carrillo ha señalado que esta medida simplifica el impuesto con la eliminación de las reducciones, que hasta ahora bonificaban determinados casos como a las familias numerosas de carácter especial o a aquellas herencias de un Bien de Interés Cultural. Estas excepciones se eliminan" porque la bonificación se homogeneiza.

En tercer lugar, ha señalado que la nueva bonificación afectará a la sucesión o donación de la actividad empresarial, que hasta ahora estaba bonificada hasta el tercer nivel de parentesco, y ahora se extiende al cuarto nivel, que incluye a primos hermanos y sus respectivos cónyuges.

Así, se favorecerá la transmisión de empresas entre generaciones, en una Comunidad como Murcia en la que el 90 por ciento de las compañías son de carácter generacional. Hasta ahora, los problemas a la hora de hacer frente al impuesto hacía que, a veces, se "malvendiera la empresa". En lo que respecta a las empresas, Murcia es la única comunidad que extiende la bonificación en la sucesión hasta los primos hermanos o sus cónyuges.

Carrillo ha justificado la adopción de esta medida porque "había un compromiso electoral" anunciado en 2015, y porque "se trataba de un impuesto injusto" que afectaba a "personas que estaban trabajando toda la vida". En muchas ocasiones, señala que no se podía hacer frente al pago de gravamen en metálico.

El consejero ha puntualizado que no se trata de un impuesto "de ricos" porque "afecta a todos", ya que la herencia de una sola casa ya puede alcanzar los 180.000 euros, puesto que se tiene en cuenta el precio de mercado. En muchos casos, ha señalado que los beneficiarios eran personas en edad de jubilación y, por tanto, sin disponibilidad económica para hacer frente a su abono.

BENEFICIARIOS DE LA BONIFICACIÓN

Carrillo ha querido aclarar quiénes son los beneficiarios de esta bonificación. En el caso concreto de las sucesiones, el criterio que prima es el lugar de residencia del fallecido. Así, si el fallecido vivía en la Región de Murcia, los herederos sí que se beneficiarán de esta nueva bonificación del 99 por ciento.

En el caso de las donaciones, sucede "al revés" ya que el criterio que rige es el lugar donde está ubicado el bien inmueble donado o el de residencia del que recibe la donación para el resto de bienes y derechos. De esta forma, el heredero sólo disfrutará de la bonificación en metálico si tiene su residencia habitual en la Región de Murcia.

A este respecto, Carrillo ha puntualizado que el lugar de residencia habitual no tiene nada que ver con el lugar de empadronamiento, a pesar de que ambos suelan coincidir. Para cumplir con el requisito de tener el lugar de residencia habitual en un sitio en concreto, el beneficiario debe haber vivido el mayor número de días de los cinco años previos en ese emplazamiento.

Para comprobar que esto es así, Sanz ha puntualizado que la Comunidad Autónoma cuenta con mecanismos para intercambiar información con otras administraciones. Por ejemplo, entre otros documentos, se tendría en cuenta el lugar de residencia implicado en la declaración de la Renta y, a partir de ahí, la Comunidad puede requerir otros documentos como las facturas de pago del agua, de la luz y de Internet que lo acrediten.

En el caso de las donaciones, Carrillo ha puntualizado que la excepción es que lo heredado sean bienes inmuebles ubicados en la Región, casos en los que sí se bonifican al 99 por ciento independientemente del lugar de residencia del beneficiario.

OBLIGACIONES FORMALES Y PLAZOS

Carrillo ha aclarado que el impuesto de Sucesiones y Donaciones "no puede desaparecer" ya que depende del Estado, aunque está cedido a las comunidades. Por lo tanto, los beneficiarios tienen la obligación de presentar la declaración. En el caso de las sucesiones existe un plazo de seis meses desde el fallecimiento para su cumplimentación, con otros seis meses de prórroga si se solicita. En el caso de las donaciones, el plazo se reduce a 30 días.

A este respecto, Carrillo ha advertido que no presentar la declaración del impuesto puede suponer no beneficiarse de la herencia. "El banco no va a permitir que se suceda una cuenta bancaria si no se presenta el pago del impuesto, no se va a permitir el registro de la propiedad y la compañía de seguros no va a abonar el dinero que le corresponde", ha concluido.

El lugar de presentación son las 24 oficinas de la Agencia Tributaria de la Región, 12 de las cuales cuentan con una asistencia gratuita mediante un sistema de cita previa. Para solicitar cita, conocer qué documentación se debe aportar u obtener más información se puede acceder a la web 'http://agenciatributaria.carm.es' o a través del teléfono '900-878830'.