El jurado declara culpable de homicidio al acusado de acabar con la vida de su vecino a golpes en Beniel (Murcia)

Europa Press Murcia
Publicado: martes, 6 octubre 2026 20:25

MURCIA 6 Oct. (EUROPA PRESS) -

El jurado popular ha declarado por unanimidad culpable de un delito de homicidio al acusado de acabar con la vida de su vecino en enero de 2025 en Beniel (Murcia), tras golpearle en la cara y la cabeza con una tabla de madera.

El veredicto ha descartado las calificaciones de asesinato que solicitaba las acusación al no apreciar la concurrencia de alevosía, ensañamiento ni especial vulnerabilidad en la víctima, que tenía 63 años.

El jurado ha fundamentado la falta de ensañamiento en que la agresión se produjo en un espacio temporal muy breve --de apenas cinco minutos-- y en que el informe forense determinó que la causa de la muerte fue inmediata por los impactos recibidos en zonas vitales, sin que se buscase de forma deliberada aumentar el sufrimiento de la víctima.

Asimismo, la resolución del jurado popular ha desestimado la existencia de una especial vulnerabilidad en el fallecido al no constar documentación acreditativa sobre esa condición, ni considerarse suficiente la edad por sí sola.

Tampoco se ha dado por probada la eximente o atenuante por alteración psíquica o discapacidad del procesado --uno de los argumentos de la defensa--, al concluir el informe psiquiátrico que mantenía plena conciencia de los hechos, con un relato ordenado y sin afecciones que mermaran sus capacidades volitivas o de autocontrol.

RECONOCIMIENTO DE DOS ATENUANTES

El veredicto sí ha dado por probadas por unanimidad dos circunstancias atenuantes en favor del acusado. En primer lugar, la de confesión y colaboración eficaz con la justicia, al constatar que se mostró colaborativo desde la llegada de la Policía Local y la Guardia Civil, salió con las manos unidas para facilitar su detención, admitió los hechos y condujo a los agentes hasta los matorrales donde había arrojado la tabla.

En segundo lugar, se ha apreciado la atenuante de reparación del daño, al quedar acreditado mediante resguardos bancarios que el procesado consignó con anterioridad a la celebración del juicio la cantidad de 90.000 euros --a razón de 30.000 euros para cada uno de los tres hermanos del fallecido-- en concepto de indemnización por los perjuicios derivados de la muerte.

TRÁMITE DE PENAS Y PETICIÓN DEL ACUSADO

En el trámite de concreción de penas, la representación letrada del procesado ha solicitado la imposición de una condena de cinco años de prisión al amparo de las dos atenuantes reconocidas, así como el mantenimiento de las medidas de alejamiento, prohibición de residencia y libertad vigilada posteriores al cumplimiento de la condena.

En la comparecencia sobre la situación personal del encausado, la defensa ha pedido su puesta en libertad provisional alegando la existencia de alternativas cautelares para evitar el riesgo de fuga y a tenor de las dos circunstancias atenuantes.

Durante el uso de la última palabra, el procesado ha manifestado su deseo de ser puesto en libertad. "Me gustaría poder estar con mi abuela porque está mayor y quiero disfrutar de sus últimos años de vida, si puede ser posible", ha indicado.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular se han opuesto y han solicitado la prórroga de la prisión preventiva, alegando que la pena a imponer superará los cinco años de prisión y que existe riesgo de evasión de la justicia.

El magistrado ha anunciado que resolverá la situación mediante un auto en los próximos días y dictará posteriormente la sentencia firme en la que se fijará la condena definitiva.

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