SEVILLA 19 Ene. (EUROPA PRESS) -
Los 140.349 andaluces residentes en el extranjero inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a 1 de diciembre de 2006, pueden participar, desde hoy, a través del voto por correo en el referéndum sobre la reforma del Estatuto de Autonomía, que se celebrará el próximo 18 de febrero, según un comunicado de la Consejería de Gobernación remitido a Europa Press.
La Oficina del Censo Electoral envía de oficio y por correo certificado la documentación necesaria para que los emigrantes ejerzan su derecho al sufragio (el plazo máximo para que la Administración les dirija esta información es el 28 de febrero). Quienes decidan votar pueden remitir sus sobres por correo certificado desde hoy 19 de enero y hasta el 17 de febrero, o entregarlos en sus respectivos consulados hasta el 11 de febrero.
Los electores reciben un certificado de inscripción en el Censo, una papeleta para cada opción (sí, no y en blanco), el sobre de votación, un sobre con la dirección de su Junta Electoral Provincial que le corresponde en España y una hoja explicativa sobre el procedimiento de votación. El sobre con la papeleta elegida se debe introducir en el que tiene la dirección de la Junta Electoral y enviarlo mediante correo certificado o entregarlo en el Consulado correspondiente.
Los miembros de las juntas electorales provinciales recontarán los votos emitidos por los andaluces en el exterior el próximo 23 de febrero, los cuales se sumarán a los depositados en las urnas.
Por provincias de origen, los electores más numerosos son los granadinos, con 28.123 censados, seguidos de los malagueños con 26.988 andaluces inscritos en el CERA; y de los de la provincia de Almería, con 21.830 electores. Les siguen los procedentes de Sevilla (19.787), Cádiz (17.519) y Córdoba (13.177), siendo las menos numerosas las de Jaén y Huelva (con 8.159 y 4.796 personas).
Por su parte, los ciudadanos españoles empadronados en Andalucía que en las fechas del referéndum se encuentren en el resto de España y quieran ejercer su derecho al voto en esta consulta deberán solicitarlo en cualquier oficina de Correos entre el 17 de enero y el 8 de febrero. La Oficina del Censo Electoral le enviará a su domicilio por correo certificado la documentación necesaria y podrá enviar sus papeletas entre el 3 y el 14 de febrero, ambos inclusive.
La Junta de Andalucía cuenta con una página web (www.estatuto.andalucia.es) con información sobre el calendario electoral, la normativa que rige la consulta, el resultado de las elecciones anteriores y las preguntas más frecuentes que realizan los andaluces sobre los procesos electorales. También existe una línea telefónica gratuita (900 18 02 07) que funcionará hasta el próximo 18 de febrero para resolver dudas entre las 9 de la mañana a 9 de la noche todos los días de la semana.
El nuevo Estatuto de Autonomía dedica a los emigrantes diversos artículos (5, 6, 10.6, 223, 241.3, 102.3, 221 y 223) en los que se define la condición de andaluz, sus derechos, además de hacer referencia a las comunidades andaluzas y a la relación con otras entidades y administraciones.
Asimismo, compromete a la Administración a crear las condiciones para hacer posible el retorno de aquellos que lo deseen (Art 10.6). El artículo 6 está dedicado en exclusiva a las comunidades andaluzas y los andaluces en el exterior, a los que se les reconoce el derecho a participar en la vida de la comunidad autónoma. Además, el Gobierno andaluz se compromete a formalizar acuerdos con otras instituciones para fortalecer los vínculos con los emigrantes y sus asociaciones.