La Abogacía del Estado también pide a Llarena que vuelva a citar a Ponsatí tras su incomparecencia en el Supremo

Archivo - La exconsellera de Educación de la Generalitat Clara Ponsatí junto con la presidenta de Junts, Laura Borrs, a su salida en libertad provisional de la Ciutat de la Justícia, a 28 de marzo de 2023, en Barcelona, Cataluña (España).  La exconsell
Archivo - La exconsellera de Educación de la Generalitat Clara Ponsatí junto con la presidenta de Junts, Laura Borrs, a su salida en libertad provisional de la Ciutat de la Justícia, a 28 de marzo de 2023, en Barcelona, Cataluña (España). La exconsell - Lorena Sopna - Europa Press - Archivo
Actualizado: viernes, 5 mayo 2023 16:22

Sigue los pasos marcados por Fiscalía, que abogó igualmente por dar una segunda oportunidad a la ex consejera

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía del Estado ha solicitado al instructor del 'procés', el magistrado del Supremo Pablo Llarena, que vuelva a citar a la ex consejera catalana y eurodiputada Clara Ponsatí para poder comunicarle su procesamiento por desobediencia por el 1-O, después de que no se presentara en el alto tribunal el pasado 24 de abril, siguiendo así la línea marcada por el Ministerio Fiscal.

Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que la Abogacía del Estado ha interesado a Llarena las mismas medidas señaladas por los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena, que en un escrito presentado este jueves recomendaron volver a citarla pero rechazando suspender el procedimiento penal, tal y como reclama Ponsatí al esgrimir su inmunidad como miembro de la Eurocámara.

La Fiscalía y los Servicios Jurídicos del Estado han respondido así al requerimiento de Llarena, que les pidió que se pronunciaran sobre la posibilidad de reactivar la orden de detención nacional contra Ponsatí, después de que plantara al Supremo aduciendo que ese día tenía trabajo en el Parlamento Europeo.

El objetivo de Llarena era tomar declaración a Ponsatí en calidad de procesada por un delito de desobediencia para poder continuar con el procedimiento penal en su contra por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

El proceso judicial estaba paralizado desde que Ponsatí huyó de España, pero la maquinaria del Supremo volvió a ponerse en marcha el 28 de marzo, cuando la ex consejera se presentó en Barcelona desoyendo su obligación de comparecer ante el alto tribunal, precisamente, para poder efectuar esa declaración indagatoria.

Ese día, tras ser detenida por los Mossos d'Esquadra y llevada ante un juzgado de guardia de la ciudad condal, en virtud de la orden de detención nacional que tenía vigente, Llarena acordó dejarla en libertad y citarla para el 24 de abril.

Ahora, una vez escuchadas las partes, el instructor del 'procés' podría dar una segunda oportunidad a Ponsatí o incluso reactivar la orden nacional de captura contra ella, aunque solo surtiría efecto si volviera a pisar España.

Cabe recordar que el juez retiró las órdenes de busca y captura europeas e internacionales contra Ponsatí y los demás prófugos del 1-O, precisando que ya solo podría reactivarlas para el ex presidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Toni Comín y Lluis Puig, porque tras la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación eran los únicos imputados por delitos que conllevaban cárcel.

PLANTÓN AL SUPREMO

Para justificar su desplante al Supremo, la defensa de Ponsatí alegó no solo que tenía que asistir a dos reuniones en la Eurocámara, sino que además insistió en que, habiendo solicitado amparo al Parlamento Europeo para que defienda su inmunidad, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) "obliga" a Llarena a suspender el procedimiento judicial.

El horizonte penal de Ponsatí se despejó tras la entrada en vigor el pasado 12 de enero de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, obligando a Llarena a revisar el procesamiento de los huidos del 'procés'.

Hasta ese momento, la ex consejera estaba procesada por sedición, por lo que la desaparición de este delito --penado con entre 10 y 15 años de cárcel e inhabilitación-- propició que Llarena lo sustituyera por el de desobediencia, castigado con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años.

Aunque tanto Fiscalía como Abogacía del Estado solicitaron al instructor que sumara el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, con penas de 3 a 5 años de cárcel y 6 a 8 de inhabilitación, Llarena lo rechazó.

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