La actuación de policías en Guantánamo no precisaba autorización judicial al no haber imputados, según la A.Nacional

Permitió identificar a cuatro personas cuya extradición fue solicitada por Garzón.

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 15 febrero 2007 19:34

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La actuación de los policías españoles en la base estaudonidense de Guantánamo no necesitaba de autorización judicial puesto que no se trataba de interrogar a imputados en un procedimiento, sino de una "acción de inteligencia" necesaria para identificar a presuntos talibanes arrestados en Afganistán y que se encontraban retenidos allí, indicaron hoy fuentes próximas al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.

Por su parte, fuentes fiscales señalaron que las pesquisas de los policías permitieron identificar a los detenidos en Guantánamo que decían ser españoles, fueron comunicadas al juez Baltasar Garzón, después de que los agentes visitaran la base militar. En este sentido, fuentes próximas al magistrado agregaron que la Policía debió decidir utilizar la vía administrativa, a través del Ministerio de Exteriores, después de que la judicial fuera infructuosa, ya que los presos en la base están bajo jurisdicción militar.

Gracias a la información recabada por la Policía, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 solicitó el 29 de diciembre de 2003 a Estados Unidos la extradición de cuatro presos, a los que procesó por integración en organización terrorista, tras comprobar que había indicios contra ellos en el procedimiento seguido contra la célula española de Al Qaeda, desarticulada en 2001. Estos indicios, según las mismas fuentes, siempre fueron anteriores al viaje de la Policía a Guantánamo.

Los cuatro reclamados eran Hamed Abderrahman Ahmad, alias "Hanso" o "Hmido"; Lahcen Ikassrien, "Chej Hasan"; Jamiel Abdul Latif Al Banna, "Abu Anas"; y Omar Deghayes. Aunque Estados Unidos nunca respondió oficialmente a la petición de extradición, por estar Guantánamo bajo jurisdicción militar, los dos primeros fueron entregados a España y finalmente absueltos del delito que se les imputaba.

En el primer caso, el Tribunal Supremo absolvió al ceutí Hamed Abderrahman Ahmad, al declarar nulas las pruebas obtenidas por la Policía en Guantánamo por tratarse de un "verdadero 'limbo' en la Comunidad Jurídica", en el que se pone en práctica el llamado "Derecho Penal del Enemigo".

"La detención de cientos de personas, entre ellas el recurrente, sin cargos, ni garantías y por tanto sin control y sin límites, en la base de Guantánamo, custodiados por el Ejército de Estados Unidos, constituye una situación de imposible explicación y menos justificación desde la realidad jurídica y política en la que se encuentra enclavado", señalaba la sentencia del alto tribunal.

Lahcen Ikassrien, "Chej Hasan", fue absuelto por la Audiencia Nacional al aplicar el criterio establecido en el caso anterior por el Supremo.

SE IGNORA SITUACIÓN DE OTROS DOS.

Tanto fuentes fiscales como próximas a Garzón destacaron que la actuación policial permitió que ambos fueran juzgados en un sistema con garantías, y, además, los dos terminaron siendo absueltos. Las otras dos personas reclamadas por Garzón permanecen en Guantánamo y se ignora qué ha ocurrido con ellos.

Las comparecencias y declaraciones de los policías que se desplazaron a Guantánamo fueron incluidas en los procedimientos que se siguieron en España contra "Hmido" e Ikassrien. Además, se tuvieron en cuenta en el juicio que se siguió contra ellos.

Contenido patrocinado