El alcalde de Sevilla resuelve el vacío legal de la retirada de vehículos con una resolución de asignación de funciones

Actualizado: miércoles, 9 junio 2010 16:09

SEVILLA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Alcaldía del Ayuntamiento de Sevilla ha emitido una resolución con la cual pretende resolver el vacío legal existente en la nueva Ley de Seguridad Vial --en vigor desde el pasado 25 de mayo-- respecto a la potestad de los agentes de la Policía Local para la retirada de vehículos, algo que ha propiciado que el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) aconseje a los policías no retirar vehículos con la grúa, lo que progresivamente se ha ido cumpliendo.

Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, el decreto ha venido motivado por la "novedosa" introducción a efectos terminológicos de la figura de la autoridad encargada de la gestión del tráfico como la legalmente habilitada para proceder a la adopción de las medidas de retirada y depósito de vehículos incluidas en el artículo 85 de la ley.

Por ello, Alcaldía, al objeto de apuntalar el "principio de seguridad jurídica" y dotar de las garantías adicionales necesarias que posibiliten la correcta aplicación, ha asignado a la Policía Local el ejercicio de las funciones y la adopción de dichas iniciativas, "pudiendo contar para ello con la colaboración material de los controladores del servicio de estacionamiento regulado y del personal del servicio de retirada de vehículos".

El secretario de Organización del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme), Carlos Guerra, ya indicó a Europa Press que a día de hoy los únicos servicios en los que la Policía interviene obedecen a aquellos en los que hay ciudadanos presentes, así como a aquellos en los que el vehículo deba ser inmovilizado o trasladado, por ejemplo, al carecer el conductor de seguro o en un accidente.

El conflicto deviene de la publicación oficial de la nueva normativa, en la que el sindicato observó un cambio "importante", ya que en su artículo 85 dice textualmente que "la autoridad encargada de la gestión del tráfico podrá proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe".

Según el Sppme, ello afectaría de forma "directa" a la retirada que realizan los policías locales de vehículos estacionados indebidamente, "ya que la autoridad encargada de la gestión del tráfico es el alcalde". Sin embargo, el artículo 83.2 "sí habla de los agentes de la autoridad al referirse a quienes pueden ordenar la inmovilización".

La central sindical agregó que otros ayuntamientos ya han adecuado su normativa a lo estipulado en la nueva Ley 18/2009, "por lo cual se demuestra una vez más que la Policía Local es lo último para nuestro querido Ayuntamiento".