(Ampl.) Garzón permite la manifestación pero ordenará prohibirla si aparecen indicios que la vinculen con Batasuna

Dice que prohibirla sería "una extralimitación injustificable" por criterios políticos, aunque a muchos les "resulte inaceptable".

Europa Press Nacional
Actualizado: sábado, 12 agosto 2006 18:54

MADRID, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dictó hoy un auto en el que permite la celebración de la manifestación convocada por María Jesús Aguirre para mañana en San Sebastián, al entender que no vulnera el auto de suspensión de actividades de Batasuna. No obstante, precisa que esta decisión se mantendrá "siempre que no exista elemento objetivo alguno de vinculación con la manifestación" auspiciada por la formación ilegal y que se desconvocó el pasado miércoles.

En su auto, de 17 páginas, requiere a la Ertzaintza, Policía y Guardia Civil para que informen al Juzgado Central de Instrucción número 5 de "cualquier elemento que desvirtúe la desvinculación que aquí se cita entre Batasuna y la manifestación". En este sentido, requiere a la Consejería vasca de Interior para que adopte "las medidas cautelares y necesarias para evitar que se quebrante la autorización administrativa conferida", lo que ocurriría si aparecen indicios que vinculen esta marcha con la formación ilegalizada.

Asimismo, ordena que se abran diligencias policiales contra los responsables de cualquier acto que no respete los límites impuestos en la resolución dictada hoy. Es decir, que si en algún momento aparece algún cartel, pancarta o intervención que relacione la convocatoria de mañana con Batasuna, se actuará contra sus responsables.

"CRITERIOS POLÍTICOS".

El auto explica que en este caso han desaparecido los indicios que vinculaban la primera convocatoria con Batasuna, por lo que "no se puede incurrir en una extralimitación injustificable con base a presunciones o criterios no jurídicos, sino políticos, para evitar un acto que se enmarca en el ámbito de cumplimiento del artículo 21 de la Constitución, aunque existan múltiples personas que puedan estar en desacuerdo con el mismo, o incluso les resulte inaceptable".

"Las opiniones personales, así como la voluntad o el arcano de los que concurran a esta manifestación es algo invaluable por el juez a priori", insiste la resolución.

Además, recuerda que en la anterior convocatoria de manifestación "existían indicios claros de la voluntad delictiva de los presuntos responsables de Batasuna que auspiciaron, dinamizaron y convocaron, de hecho, la primera convocatoria, luego desconvocada". Entonces, añade, "el Juzgado actuó con prontitud y contundencia para evitar la comisión de un acto presuntamente delictivo, consiguiendo neutralizar esa voluntad con la desconvocatoria y con la declaración expresa de los imputados, desvinculándose de la misma, como de cualquier movilización sustitutiva".

RESPONSABILIDAD DE BATASUNA.

El juez también aprovecha el auto para recordar los requirimientos realizados esta semana a los 38 miembros de la Mesa Nacional de Batasuna a los que identifican informes policiales, y en concreto, a los cinco a los que citó el jueves en la Audiencia Nacional: Pernando Barrena, Angel Elkano, Mikel Zubimendi, Aizpea Abrisketa y Asier Arraiz.

Todos ellos han sido advertidos de que cualquier acto que contravenga los autos de suspensión de actividades de Batasuna dictados el 26 de agosto de 2002 y el pasado 17 de enero supondrá que incurran en responsabilidades personales y se les impondrán medidas cautelares o se agravarán las que ya tengan impuestas, mediante fianzas e incluso prisión.

En su caso, el juez precisa que serán responsables caso de que organicen, directa o indirectamente, la convocatoria, "mediante el apoyo, dinamización, desarrollo o participación representativa del acto, ya mediante la concurrencia de símbolos, pancartas diferentes a las autorizadas, ya con discursos o intervenciones asumiendo relación o responsabilidad de Batasuna en el acto".

PUEDEN ASISTIR.

Pero añade que no acturá contra su "mera asistencia", mientras no vaya "más allá", ya que, "como acto libre y voluntario de cada persona no puede adoptarse medida restrictiva alguna sobre el mismo, dada la legalidad administrativa de la convocatoria".

Garzón insiste en que "las decisiones de suspensión de derechos fundamentales en un proceso penal deben ser siempre interpretadas con rigor pero restrictivamente, por cuanto una aplicación extensiva no sólo desvirtuaría el propio sentido de la resolución, sino que entraría de lleno en el ámbito de la arbitrariedad y aplicaría criterios políticos a lo que debe ser algo estrictamente jurisdiccional".

Por ello, examina los informes que han realizado la Ertzaintza, la UCI de la Policía y la Guardia Civil, con los que "no puede concluirse que el acto actual y el desconvocado responda a una misma finalidad a pesar de la concurrencia de algunos aspectos, como la fecha", el inicio de la Semana Grande de San Sebastián.

En cuanto a la convocante, María Jesús Aguirre, los informes dicen que fue apoderada del Partido Comunista de las Tierras Vascas en las últimas elecciones y que ha asistido a manifestaciones de Batasuna.

El juez también la requiere para que informe al responsable del servicio de orden de la manifestación, de que ambos podrán incurrir en "eventuales responsabilidades", en el caso de que se constate la vinculación del acto con Batasuna.

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