MADRID, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de lo Penal ha concedido al diputado socialista Eduardo Madina la indemnización más alta de su historia a una víctima de terrorismo, un total de 3 millones de euros por los "padecimientos físicos y psíquicos" causados por el atentado que sufrió el 19 de febrero de 2002 en Sestao (Vizcaya), que le costó la amputación de una pierna. Los autores de la colocación de un artefacto explosivo en su vehículo, los miembros de ETA Iker Olabarrieta Colorado y Asier Arzalluz, han sido condenados a 20 años de cárcel, mientras que los encubridores Gaika Olabarrieta y Gorka Aztiria han sido penados con tres años.
El tribunal considera que la indemnización que deberán pagar los autores, coincidente con lo solicitado en el juicio por la fiscal Blanca Rodríguez, es proporcional si se tiene en cuenta la edad de la víctima en el momento del atentado (26 años de edad), la "ruptura de su proyección deportiva" como profesonal de voleibol y las consecuencias físico-psíquicas del delito sobre el diputado del PSOE, quien en el momento del crimen era dirigente de las Juventudes Socialistas en el País Vasco.
Fuentes jurídicas señalaron que se trata de la indemnización más alta concedida a una víctima individual de terrorismo, seguida por la concedida en su día a los herederos del magistrado asesinado por ETA José María Lidón, de un millón de euros.
La Sala, que integran los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández Prado y Clara Bayarri, considera probado que la dirección de ETA ordenó a una de sus célula, denominada "Olaia", que matara en 2002 al entonces secretario de política institucional de las Juventudes Socialistas. Este grupo lo integraba Arzallus, que impartía las órdenes a dos subgrupos del "comando", denominados "Jata" y "Urbasa".
Los miembros del "Urbasa", entre los que estaba Olabarrieta, colocaron en los bajos del vehículo propiedad de Madina un artefacto explosivo que contenía entre medio kilo y un kilo de trinito tolueno (TNT). A las ocho y cuarto de la mañana del 19 de febrero de ese año, cuando el joven socialista llevaba circulando unos 10 kilómetros hacia su lugar de trabajo en Sestado, el artilugio explosiónó, causándole heridas graves que le costaron la amputación de la pierna izquierda.
INTENTABAN MATARLE.
La sentencia estima acreditado que el artefacto explosivo tenía potencia suficiente para matar a una persona. Sin embargo, debido a que fue instalado demasiado a la izquierda en los bajos del vehículo, a la altura de Madina y el hecho de que conduzca a mayor distancia del volante de lo habitual y a otras circunstancias, "no se produjo el fatal desenlace que los miembros de ETA tenían previsto".
Indica también que Madina tenía una intensa actividad deportiva en el momento de los hechos, ya que jugaba al voleibol en primera división nacional y entrenaba aun equipo de categoría inferior como profesional, cobrando por ello, ya que disponía del título correspondiente desde 1996.
También se señala que Gorka y Gaizka proporcionaron refugio a Olabarrieta y al presunto etarra detenido el pasado sábado en Francia Eneko Bilbao tras explosionarles una bomba que manipulaban el 29 de septiembre de 2002 en Basurto. Gaizka es primo de Olabarrieta, y tras ocultarles les traslado en coche hasta el domicilio de Gorka Aztiria en Lequeitio, según considera probado la Sala.
"EXTRAORDINARIA ENTEREZA" DE MADINA.
Como pruebas de cargo, el tribunal valora la declaración de la víctima, que relató con "claridad, precisión y extraordinaria entereza" como el día de los hechos no miró bajo su coche porque llegaba tarde al trabajo y cómo tras la explosión tuvo inmediatamente la certeza de que había sido objeto de un atentado.
El tribunal destaca también que se ha tenido en cuenta que el atentado sesgó la trayectoria deportiva de Madina, así como el drama familiar vivido, que desembocó en el fallecimiento de su madre escasos meses después del hecho, cuando tenía sólo 49 años. "Al respecto, de manera muy emotiva y gráfica dijo, refiriéndose a las consecuencias del atentado para su familia: '...en mi casa se hizo de noche", relatando la fuerte depresión que sufrieron sus padres y él mismo".
Añade que el contenido de las declaraciones de los condenados ante la Policía se ven corroboradas por lo incautado en una lonja alquilada otro miembro de ETA, Gorka Martínez Azkarazo, donde se encontraron armas y explosivos, y en el piso que éste ocupaba en Amorebieta, donde se halló una caja de detonadores con una huella perteneciente a Arzallus.
ENCUBRIDORES.
Por lo que respecta a los condenados por encubrimiento, la Sala reconoce que, en cumplimiento del principio acusatorio ejercido por la fiscal, deben ser penados por este delito en vez del de colaboración (que el tribunal considera más ajustado). Condena a tres años a pesar de que el Ministerio Público pidió sólo un año y seis meses de prisión por este delito, ya que el lo estima más cercano a la pena justa "una vez excluida la colaboración con banda armada por motivos técnicos".
Con respecto a los autores del atentado, calificado como homicidio terrorista en grado de tentativa, el tribunal les prohíbe aproximarse a la víctima durante 5 años desde que obtengan la libertad, y esta prohibición deben extenderse a su esposa o persona a la que se halle ligado por relación equivalente e hijos, así como su padre, tíos carnales y primos hermanos. También les prohíbe volver a la residencia o comunicarse con la víctima y con su familia.