Archivo - FILE PHOTO: A man stands next to the logo of Spain's Banco Popular during the bank's results presentation in Madrid
Archivo - FILE PHOTO: A man stands next to the logo of Spain's Banco Popular during the bank's results presentation in Madrid - SERGIO PEREZ - Archivo
Publicado: jueves, 2 junio 2022 12:36

El juez cree que pudieron darse "omisiones e informaciones sesgadas para captar capital", incumpliendo "los deberes de información"

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido dos querellas interpuestas, entre otros, contra el Banco Popular y su expresidente Ángel Ron por un presunto delito de estafa de inversores o incumplimiento de los deberes de información en la ampliación de capital del ejercicio 2012.

En un auto de este martes, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 explica que en esa ampliación pudieron darse "omisiones e informaciones sesgadas y tergiversadas para captar un capital que de otra manera no hubiera sido posible obtener, incumpliendo los deberes de información establecidos en orden a garantizar la transparencia del mercado de valores".

Como recuerda el magistrado, fue a finales del pasado mes de abril cuando el responsable del Juzgado Central de Instrucción Número 1, Alejandro Abascal, acordó incoar diligencias a raíz de una querella por estos hechos. Fue entonces cuando el propio Abascal se inhibió y la investigación recayó en Pedraz.

Los hechos en los que indaga Pedraz son distintos de los que se investigan en otro Juzgado, el Central de Instrucción Número 4. En concreto, el juez José Luis Calama indaga en dos fases del proceso de resolución del Popular: las presuntas irregularidades contables de la entidad en 2016, con la ampliación de capital, y las filtraciones a prensa de un año después que habrían provocado su resolución a mediados de 2017.

En la descripción de la querella presentada por Miguel Ángel Pereira --en representación de otras 50 personas que perdieron su dinero en la citada ampliación-- se relata la situación financiera del banco en 2010, 2011 y 2012 y se enumeran los indicios por los que se entiende que se faltó a la verdad en la información dada para la ampliación de capital de 2012.

Eso exige, apunta el magistrado, el análisis de la situación financiera de la entidad antes de 2012 para poder clarificar si existen indicios de actuación delictiva por parte de los querellados. Este primer escrito se dirige contra Ron, el exvicepresidente Roberto Higuera y contra el propio Popular.

UNA SEGUNDA QUERELLA

La segunda querella, presentada en representación de las mercantiles Cerquia Gestión y Cercupenta y de Carlos Cercadillo, se dirige por su parte contra el Banco Santander, Ron, la consultora PWC y el auditor de esta ultima José María San Oliva. Además, el escrito amplía el objeto de la anterior al referirse a delitos de falsedad contable desde 2008 así como de administración desleal.

"Indica la querella que debe de partirse como fecha para computar la prescripción, el 6 de junio de 2017, que es cuando se acordó de forma oficial la intervención del BPE. Entendemos que no puede admitirse dicha fecha de manera general, sino que habrá que determinarlo en cada caso de forma concreto", señala Pedraz.

Y, en cuanto a las falsedades contables de las que se dice tener indicios, serían las de los ejercicios de 2010, 2011 y 2012, por lo que la fecha se contaría a partir de 2013, habiendo expirado el plazo de prescripción, según relata el juez.

Respecto a los querellados contenidos en esta última Pedraz hace una matización importante: ha de "excluirse al Banco Santander como responsable penal, al que las partes querellantes consideran responsable como sucesor del Popular".

Así, y recordando que esto ya fue motivo de análisis por la Sala de lo Penal, Pedraz señala que el Santander "no podría responder
penalmente por las operaciones que se hubieran realizado en el seno" del antiguo Banco Popular. Todo ello, eso sí, "sin perjuicio de poder considerarse, por el momento, como responsable civil subsidiario".

LA DECLARACIÓN DE RON, HIGUERA Y PWC

Tras la admisión de sendas querellas, el magistrado acuerda una batería de diligencias entre las que destaca la toma de declaración --todavía sin fecha fijada-- de Ron, Higuera, la consultora PWC y San Oliva.

Además, el instructor solicita que se aporte testimonio del primer informe pericial realizado sobre la ampliación de capital de 2016 y que se requiera al Banco de España para que aporte los informes de seguimiento de 2010 y 2011, los informes de inspección incluyendo las conclusiones preliminares del equipo que se encargó de la misma y el folleto y la documentación sobre la que se asentó la citada ampliación de capital.

Precisamente, Pedraz requiere al Banco de España que designe a dos inspectores a fin de que realicen un informe sobre el folleto y la documentación para determinar si la información contable en ella expresada ofrecía la imagen fiel de la entidad y estaba libre de cualquier manipulación o deformación.

Asimismo, Pedraz pide que le remitan las cuentas oficiales publicadas por el Banco Popular del ejercicio 2010, 2011 y 2012, tanto las anuales, como las trimestrales y semanales, así como los informes intermedios, junto a los reajustes que en ellas se pudieran haber realizado.

En este contexto, el magistrado solicita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que aporte el expediente administrativo completo y elaborado para el registro y ampliación de capital de 2012 del Popular, así como cuantos fondos de titulación creó la entidad y el volumen de sus respectivos activos.

Entre sus requerimientos, Pedraz pide a la CNMV que le envíen copia de los expedientes administrativos relativos a la cotización del Banco Popular en los ejercicios 2010, 2011 y 2012 y que certifique cuántos fondos de titulización creó en los citados ejercicios así como el volumen de sus respectivos activos.

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