Audiencia de Gipúzcoa absuelve a Matanzas de delito de manifestación ilegal por el que fue condenado a 9 meses de cárcel

Actualizado: jueves, 26 enero 2006 15:42

La Sala, que revoca una sentencia del Juzgado de lo Penal, argumenta que la Ertzaintza no pidió la disolución de la marcha

SAN SEBASTIAN, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha absuelto al abogado Txema Matanzas del delito de manifestación prohibida por el que un juzgado de lo Penal le condenó a nueve meses de prisión y a una multa de 2.700 euros como responsables de una marcha celebrada en San Sebastián el 8 de septiembre de 2002. La Sala basa su absolución en que la Ertzaintza no "efectuó requerimiento alguno" para que se disolviera el acto.

De esta manera, el órgano jurisdiccional guipuzcoano estima el recurso que interpuso la defensa contra la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián, y que condenó a la misma pena a Sabin Juaristi, procesado en la causa contra el colectivo de apoyo a los presos Askatasuna.

La manifestación prohibida era la que se celebra todos los años en San Sebastián en favor de los presos, coincidiendo con la final de la regata de La Concha.

El Departamento vasco de Interior la prohibió en base al auto emitido dos semanas antes por el juez Baltasar Garzón en el que suspendió las actividades de Batasuna. La prohibición fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, tras lo que la persona que había comunicado la convocatoria desistió de la misma ante Interior.

La sentencia emitida por la Sección Primera de la Audiencia señala que, "pese a la prohibición", Matanzas y Juaristi "favorecieron de forma determinante" la celebración de la marcha prohibida, "asumiendo su dirección al declararse voluntaria y expresamente responsable ante la policía de lo que ocurriera durante ella".

"ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO"

La resolución señala que la manifestación, "integrada por miles de personas", provocó una "visible y llamativa alteración del orden público" porque supuso el corte del tráfico. Además, destaca que durante la marcha se corearon lemas como "Independentzia" y "Gora ETA militar" y que se profirieron insultos contra la Ertzaintza como "Vosotros también sois perros".

El tribunal considera que "concurren" todos los requisitos contemplados en el delito de manifestación prohibida menos uno, dado que la Ertzaintza no formuló "requerimiento alguno de disolución ni a los acusados ni a ninguna otra persona de los miles", que participaron en ella. D esta forma, absuelve a Matanzas y Juaristi y declara las costas de oficio.

La Audiencia coincide con el juzgado que les condenó en que la actuación policial no fue "coherente con la prohibición de la manifestación", y que la dejó "vacía de contenido".

Además, considera que no es "entendible la afirmación de los agentes de que, a pesar de la coincidencia de hora, día, lugar, recorrido y esencia de los lemas, pensaron en un primero momento que se trataba de otra manifestación distinta", y que fue después de su celebración cuando "se percataron" de esas coincidencia, por lo que remitieron entonces el atestado al Juzgado de Guardia.