MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto al comisario jubilado José Manuel Villarejo, a su socio Rafael Redondo y al empresario Javier López Madrid del encargo que este le hizo al primero para hostigar a la dermatóloga Elisa Pinto.
Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el tribunal considera que no ha quedado acreditado que Villarejo o CENYT --su grupo empresarial-- "solicitaran ni recibieran pago alguno por parte de López Madrid" para realizar dicho encargo.
El tribunal subraya que la doctora y el empresario mantenían "un grave conflicto personal que desembocó en denuncias cruzadas entre ambas partes". La sentencia considera probado que el 10 de diciembre de 2013 López Madrid y Redondo acudieron a la consulta de Pinto en Madrid "a instancias" de Villarejo.
Una vez allí, López Madrid, según el fallo, acompañado de Redondo, se dirigió a la doctora diciéndole que dejara de hacerle continuas llamadas de teléfono y que si continuaba con las mismas la Policía iría a verla. Este último, en relación con las llamadas que atribuía a Pinto, aseguró que estaban en poder de la Policía.
Sin embargo, ni los magistrados ni la Fiscalía han localizado los supuestos pagos que habría recibido Villarejo por los cuales la abogada de Pinto pedía entre cuatro y seis años de prisión para los acusados por cohecho.
De esta forma, la Sala de lo Penal coincide con el criterio de la Fiscalía, que no presentó acusación y que, en la exposición de su informe final, pidió la absolución a los acusados porque no se había encontrado prueba del supuesto pago.
Es la quinta absolución a Villarejo en los últimos meses, después de la última --hace apenas una semana-- por otro supuesto encargo por parte de un empresario a cambio de 400.000 euros.
OTRO JUICIO PENDIENTE
Según expuso la abogada de Pinto en su escrito de acusación, el empresario estuvo "varias veces" en las oficinas de CENYT, el grupo empresarial de Villarejo.
En diciembre de 2013, el empresario se presentó en la consulta de la doctora junto a Redondo, "que acudía en calidad de abogado", asegura. La letrada que representa a Pinto incidió en que dicho encuentro se produjo "con intención de hostigarla".
"La visita causó miedo en Elisa Pinto, que se sintió amenazada porque en ese momento no existía ninguna denuncia", precisó la abogada.
El tribunal recuerda en su sentencia que en este procedimiento no se han juzgado los hechos relacionados con los delitos de amenazas, coacciones y lesiones agravadas, que son competencia del Juzgado de lo Penal 10 de Madrid.
Estaba previsto que este próximo juicio comenzase el pasado 2 de febrero, pero se pospuso porque la jueza encargada cambió de destino y quien le sustituye tiene que tener conocimiento de la causa.