MADRID 1 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso interpuesto por la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) contra la orden del Ministerio de Defensa que determina el modelo y las normas reguladoras de los informes personales de calificación (IPEC), que constituyen un "elemento básico" en los procesos de evaluación de los miembros de las Fuerzas Armadas a lo largo de su carrera, según ha anunciado este miércoles AUME en un comunicado.
La orden ministerial recurrida por la asociación fue publicada en el Boletín Oficial de Defensa el pasado 10 de septiembre, en aplicación de la Ley de la Carrera Militar que entró en vigor el 1 de enero de 2008, y regula "todo el proceso de calificación del militar", desde la composición de las juntas de evaluación a los conceptos que deben ser evaluados, así como el trámite para que el militar presente las alegaciones que considere oportunas.
La Ley de Carrera Militar establece que el IPEC es "la valoración objetiva de unos conceptos predeterminados que permitan apreciar las cualidades, méritos, aptitudes, competencia y forma de actuación profesional del militar".
"LA MÁS RADICAL SUBJETIVIDAD"
Sin embargo, la AUME considera que la lectura de los criterios a evaluar que recoge la norma arrojan la conclusión de que "todos ellos, sin excepción, están transidos de la más radical subjetividad". Este es uno de los motivos que han llevado a presentar un recurso contencioso administrativo a la asociación de militares, que considera que estos "conceptos subjetivos" deberían ser objeto de "valoraciones científicas" realizadas por "personal especializado".
En el IPEC, la junta de calificación --formada por tres militares, entre los que figura el superior jerárquico del calificado-- debe valorar, entre otros asuntos, cuestiones referidas a las cualidades físicas, intelectuales, de relación personal y de carácter personal del militar. Así, debe puntuar su "confianza en sí mismo y seguridad con que actúa", el "control y dominio de sus emociones", su "salud habitual", "afabilidad en el trato" e "interés que despierta en su relación profesional".
En el capítulo del "desempeño", la junta califica la actitud ante el servicio, los superiores y los subordinados, con cuestiones concretas como el "grado de persuasión y corrección en la exposición de sus opiniones", "entusiasmo y motivación por su profesión", "lealtad y cooperación" o "compromiso con los propósitos del mando".
AUME considera que todo proceso de valoración de aptitudes, méritos y capacidades que pueda condicionar aspectos como el ascenso, un "elemento sustancial para la carrera profesional del militar", debería estar "preservado de cualesquiera elementos que no sean plenamente objetivables".
A juicio de esta asociación, si no es posible "hacer desaparecer el anacrónico IPEC", la solución pasa por "la puesta en marcha de procesos que sean, en verdad, respetuosos con los principios constitucionales de mérito, capacidad e igualdad".
Además, AUME considera que, antes de publicar esta norma, hubiera sido "muy deseable" que el Ministerio dirigido por Carme Chacón "hubiera posibilitado a las asociaciones profesionales manifestar su opinión sobre el texto normativo y el haber podido realizar sugerencias y propuestas de modificación al mismo".