La Audiencia sobresee la denuncia contra la alcaldesa de Lezama (Vizcaya) por supuesta prevaricación urbanística

Actualizado: miércoles, 8 junio 2011 14:05

BILBAO, 8 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha ratificado el sobreseimiento de la denuncia interpuesta por miembros de la izquierda abertzale por supuesta "prevaricación urbanística" contra la alcaldesa de Lezama (Vizcaya), Alaitz Etxenadia, y cinco concejales del PNV del municipio.

De esta forma, confirma el auto de sobreseimiento de la causa dictada por el Juzgado de Instrucción número 8 de Bilbao que, con fecha del 21 de diciembre de 2010, notificó el auto de sobreseimiento de una denuncia interpuesta por tres integrantes de la izquierda abertzale contra la alcaldesa de Lezama, Alaitz Etxeandia, y los ediles del PNV Raul Loroño, Joseba Izaguirre, Oswaldo Bilbao, Amaia Arteaga y Cipriano Elorriaga, por su actuación en la aprobación de los proyectos de la Kultur Etxea y del Centro Cívico (Uribarri Topalekua) en el municipio.

Según informa en un comunicado el Consistorio, el origen del caso se remonta al año 2007, cuando el Ayuntamiento de Lezama aprobó por unanimidad, en sesión extraordinaria de pleno, el proyecto de ejecución de la Kultur Etxea, y en pleno ordinario por mayoría -con el voto en contra de la concejal del grupo PSOE- el proyecto de obra del Centro Cívico de Lezama.

Los denunciantes acusaron a las personas imputadas de actuar contra la ordenación del territorio, el patrimonio histórico y delitos contra la Administración Pública.

El Juzgado de Instrucción número 8, tras practicar las diligencias para determinar la naturaleza de los hechos, afirmó que, "en el caso que nos ocupa, la aplicación de la doctrina jurisprudencial conlleva el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no quedar indiciariamente acreditado los requisitos del tipo penal de prevaricación urbanística".

Por su parte, la acusación recurrió en apelación la resolución judicial el 26 de enero de 2011 y, la Audiencia Provincial de Vizcaya ha desestimado la demanda y ha descartado que exista "prevaricación urbanística". La decisión es firme, ya que no cabe impugnación alguna.

El órgano jurisdiccional vizcaíno recuerda que la cuestión era "dilucidar si la actuación llevada a cabo por la alcaldesa de Lezama y los concejales de dicho Ayuntamiento imputados en la presente causa era incardinable en algún tipo penal", y subraya que el auto del Juzgado de Instrucción fue "muy claro" a la hora de argumentar los motivos del sobreseimiento.

"BIEN JURÍDICO PROTEGIDO"

El auto del Juzgado precisa que, en el caso de la Casa de Cultura, "a fecha actual no se ha procedido a la construcción, por lo que el bien jurídico protegido, cual es la ordenación del territorio, no se ha visto afectado de ninguna manera".

En cuanto al Centro Cívico, en funcionamiento bajo el nombre de Uribarri Topalekua desde finales de abril de 2009, la resolución reflejó que se trata de un edificio "construido en Lezama con fines culturales y sociales".

"Si bien es cierto que según el informe pericial citado dicha construcción excede de la edificabilidad permitida por la legislación vigente en 76,68 metros cuadrados, ello no implica que el bien jurídico protegido se vea lesionado atendiendo a la utilidad y finalidad del mismo, ya que dicho centro tiene una finalidad cultural y social, destinado para un aprovechamiento público, no sólo de los habitantes de dicha localidad, sino de todos los que acuden a realizar el Camino de Santiago", asevera.

Por ello, añade que "tal construcción entra dentro de los supuestos de la utilización racional del territorio, por lo que el resultado obtenido no es materialmente injusto y no se ha producido una lesión del interés colectivo".