Actualizado: viernes, 7 julio 2017 17:49

MADRID, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha autorizado la celebración del Acuerdo Marco para los servicios de transporte aéreo de personal a zonas de operaciones, de ejercicios u otro tipo de actividades, por un valor máximo estimado de 48 millones de euros, así como los contratos que se adjudiquen cuyo valor estimado sea igual o superior a 12 millones de euros.

Este acuerdo, a propuesta del Ministerio de Defensa, sustituirá al actual que finaliza el 31 de julio de 2017, tiene una duración de dos años, susceptible de prórroga por dos años más.

La finalidad del Acuerdo Marco es satisfacer las necesidades de transporte estratégico de personal durante los próximos años. El Ejecutivo ha explicado que las necesidades de transporte de personal exceden las capacidades propias, lo que hace necesario recurrir a la contratación de los servicios de empresas de transporte aéreo de pasajeros que complementen las capacidades orgánicas de las Fuerzas Armadas.

La contratación se llevará a cabo por un procedimiento negociado y a través del sistema de racionalización técnica de la contratación sobre acuerdos marco regulado en el artículo 53 de la Ley de Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y la seguridad.

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha autorizado la firma y la aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la República Cooperativa de Guyana sobre supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos.

El acuerdo se enmarca en el objetivo de promover las relaciones de amistad y cooperación entre España y Guyana y de facilitar la circulación de los titulares de pasaportes diplomáticos. Con este acuerdo, se aprueba la supresión recíproca de visados para los titulares de estos pasaportes que viajen al territorio de la otra parte contratante para estancias de un máximo de noventa días dentro de cualquier período de 180 días.

El Acuerdo prevé la denominada "cláusula Schengen", que se aplica al cómputo del plazo de estancia sin visado en el conjunto de territorios de los Estados en los que es de aplicación el Acuerdo de Schengen.

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