MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional consideró hoy proporcionada la fianza de 400.000 euros impuesta el 26 de mayo del año pasado por el juez Fernando Grande-Marlaska al portavoz de la ilegalizada Batasuna Arnaldo Otegi, porque contra él existen indicios de un delito de integración en organización terrorista, en grado de dirigente, "nunca excusables bajo la apariencia del ejercicio de una representación política que se refiere a un grupo ilegalizado precisamente por constituirse en el entramado de la organización terrorista ETA".
La resolución añade que "la conducta desarrollada por Arnaldo Otegi se extiende en el tiempo tras aquella ilegalización y continúa hasta el día de hoy tal y como lo demuestra la convocatoria de actos públicos que han sido objeto de prohibición por el mismo instructor en el marco" del sumario. En opinión del tribunal, esta reiteración delictiva es "incluso provocadora de alarma social", con lo que también se justifica la medida de prisión eludible con fianza impuesta en su día por Grande-Marlaska.
En cuanto a la petición de la defensa de que se rebaje la cantidad fijada, el auto afirma que la proporcionalidad de la misma con la capacidad económica del procesado queda clara en "el hecho incuestionable de la inmediata prestación". Además, entiende que se trata de una cantidad apropiada teniendo en cuenta la naturaleza del delito imputado, el estado social y antecedentes de Otegi y otras circunstancias que puedan influir en su mayor o menor interés en ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial.
El auto que desestima los recursos de la defensa destaca que Otegi "se encuentra incurso en otros procesos por delitos de la misma naturaleza" (vinculados con el terrorismo) y "reitera su conducta como dirigente de una organización política ilegal cuyo entramado pudiera facilitar su huida difícialmente entendible por una sociedad altamente sensibilizada en el tema terorista". En opinión de la Sala, la reiteración en su conducta "supone una clara muestra del no sometimiento a la autoridad judicial".
AUTO CONFIRMADO.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska decretó el pasado 26 de mayo prisión eludible con fianza de 400.000 euros para Arnaldo Otegi. La Fiscalía había solicitado prisión incondicional y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) prisión eludible con fianza de 300.000 euros, al entender que existen indicios racionales de criminalidad de cómo HB-EH-Batasuna forma parte del entramado de ETA, y Otegi es "al día de hoy uno de sus más altos representantes o dirigentes".
El magistrado recordaba en su auto ahora confirmado que Otegi "ha pertenecido a Batasuna desde su constitución, habiéndosele imputado en los años 1987 y siguientes distintos delitos de naturaleza terrorista, llegando a ser condenado".
"En el año 1995 entró a formar parte de la Mesa Nacional de HB, siendo elegido su portavoz, lo que implica su situación al frente de la misma. Con tal carácter ha intervenido en actos de reconocimiento a miembros de ETA fallecidos, homenajes en los que han aparecido personas encapuchadas gritando vivas a dicha organización terrorista", proseguía la resolución.
El auto también mencionaba un informe de la Comisaría General de Información sobre la continuación de actividades de Batasuna, a pesar de haber sido ilegalizada por el Tribunal Supremo en marzo de 2003. Así, la fianza contribuía a conjurar la posibilidad de reiteración delictiva, ya que Otegi ha ejercido como portavoz de la citada organización "de forma notoria, pública y reiterada".