El BOE recoge el Real Decreto que permite embargar bienes de oligarcas a nombre de terceros si hay "indicios racionales"

(I-D) El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; la primera ministra de Dinamarca, Mette Frederiksen, y el presidente de Ucrania, Volodimir Zelenski, se dirigen a una reunión, a 21 de abril de 2022, en Kiev (Ucrania). Sánchez despegó ayer miércoles 20 d
(I-D) El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; la primera ministra de Dinamarca, Mette Frederiksen, y el presidente de Ucrania, Volodimir Zelenski, se dirigen a una reunión, a 21 de abril de 2022, en Kiev (Ucrania). Sánchez despegó ayer miércoles 20 d - Presidencia de Ucrania
Publicado: miércoles, 27 abril 2022 11:24

"Son generalmente familiares o personas de confianza de los titulares reales o sociedades interpuestas", apunta la norma firmada por Pedro Sánchez

MADRID, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles recoge el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros por el que el Gobierno articula un sistema excepcional con el fin de facilitar que se actúe contra oligarcas rusos que tengan bienes en el país a pesar de que estos estén a nombre de testaferros o personas interpuestas. Permite el embargo si hay "indicios racionales" de que pertenecen a uno de los oligarcas señalados por la Unión Europea.

El BOE recoge el texto bajo el título 'Real Decreto-ley 9/2022, de 26 de abril, por el que se adoptan medidas hipotecarias y de gestión de pagos en el exterior en el marco de la aplicación de las medidas restrictivas aprobadas por la Unión Europea en respuesta a la invasión de Ucrania' y recuerda en el preámbulo que la acción de los estados europeos en este ámbito se rige por los principios de "unidad, determinación y solidaridad".

Señala el Real Decreto que la aplicación de sanciones está encontrando "ciertos obstáculos" en aquellos casos en los que los bienes afectados por las correspondientes prohibiciones de disponer "se encuentran inscritos a favor de terceras personas que actúan como testaferros de los verdaderos dueños". "Son generalmente familiares o personas de confianza de los titulares reales o sociedades interpuestas", apunta.

Añade que la regla que rige el asiento de bienes en el sistema registral español "puede en ocasiones ser aprovechado para la satisfacción de fines espurios", por lo que, señala, la idea ahora es establecer una nueva regla especial que vaya más allá de los casos previstos actualmente en la Ley Hipotecaria.

Con esto se pretende que con motivo de las sanciones internacionales impuestas por la UE "sea posible también hacer constar en los registros, mediante nota marginal, la prohibición de disponer de las fincas, bienes o derechos cuando existan indicios racionales de que la persona titular de los mismos es una de las que se encuentran en la lista de personas sancionadas".

"Se trata de una medida excepcional que sirve para facilitar la efectividad de las sanciones y que obedece a la urgente y extraordinaria necesidad de adoptar medidas disuasorias que contribuyan a poner freno cuanto antes al actual conflicto bélico en Ucrania", subraya.

Tal y como explicó este martes el Ministerio de Justicia, la medida permite que los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles puedan calificar y dar publicidad a los títulos inscribibles, facilitando que se haga efectiva la prohibición de disponer de bienes inscritos a nombre de personas físicas sancionadas o personas interpuestas.

Con esta medida complementaria de aplicación de las restricciones a Rusia aprobadas por la Unión Europea (UE) se eliminan posibles obstáculos que impidan actuar contra esos oligarcas rusos que mantienen bienes en nuestro país. Así, si ya se encuentran embargadas las propiedades registradas a sus nombres, ahora se actúa sobre aquellos bienes que pudieran estar a nombre de terceros.

Y en cualquier caso, Justicia advertía de que será necesario el previo informe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre la base de la existencia de indicios racionales de que el verdadero titular de los bienes pudiera ser un oligarca ruso objeto de investigación.

MINIMIZAR EL USO DEL SISTEMA FINANCIERO RUSO

Además, este Real Decreto-ley establece un procedimiento específico para realizar los pagos de las nóminas del personal, así como otras obligaciones, de las representaciones españolas en el exterior, con fondos propios, minimizando el posible uso del sistema financiero ruso.

El objetivo de esta medida es favorecer el cumplimiento del régimen de sanciones de la UE. Así, mediante esos pagos directos, se evita recurrir a entidades financieras rusas que, aun no estando sujetas a las sanciones europeas, podrían suponer un riesgo de evasión de las mismas.

"Los fondos que los Consulados pueden poner a disposición de otros servicios de la Administración están por lo general denominados en moneda local. Sin embargo, la mayoría de obligaciones se adeudan en euros. En la situación actual existen dificultades y trabas legales para la conversión de rublos a divisas, siendo previsible que estas dificultades sean mayores para representaciones de países de la Unión Europea y que continúen incrementándose", indica el Real Decreto.

Así, si el artículo 1 hace referencia a los registradores, en el artículo 2 se ataja el problema de los fondos facilitando un procedimiento excepcional para el pago de las obligaciones de los servicios del exterior, "que no pueden recibir fondos desde España por la limitación de los movimientos de fondos entre bancos". "Se precisa regular dicho procedimiento de la forma más urgente a fin de conseguir que dichos servicios del exterior puedan hacer frente a sus gastos inmediatos de funcionamiento", asevera.

BUENA REGULACIÓN

El Real Decreto incluye en su apartado tercero que se ajusta a los principios de buena regulación "al responder a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Sobre esa seguridad jurídica, incide en que "resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y con el ordenamiento europeo" y atiende "de manera especial al principio de seguridad jurídica en el tráfico (principio registral) y del uso de los recursos públicos (principios presupuestarios de anualidad y buena gestión financiera)".

El Gobierno incluye así en el Real Decreto que por medio de esa nota marginal, ahora "deberá constar informe previo en el que se exprese que existen indicios racionales de que el verdadero titular de las fincas, bienes o derechos es el que aparece" en las listas elaboradas por la UE de oligarcas rusos.

Y destaca que ese informe debe elaborarlo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y tiene que ser comunicado al Órgano Centralizado de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo del Colegio de Registradores de la Propiedad.

"Para practicar la nota marginal no será necesario acreditar que se ha notificado con carácter previo a los titulares registrales. La notificación se realizará el mismo día, una vez practicada, para que puedan realizar las impugnaciones que estimen oportunas", suma.

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