SANTANDER, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número Cuatro de Santander ha condenado a prisión por un delito continuado de hurto a la cajera de un hipermercado y a un cliente al que la primera permitió sacar diversos objetos por la línea de caja cobrándole sólo una pequeña parte. La magistrada también ha condenado a una multa a otra cajera que utilizó el mismo modus operandi, como autora de una falta continuada de hurto.
En concreto, el Juzgado ha condenado a seis meses de prisión a la cajera J.M.L, y a tres meses de prisión al cliente, C.D.N., así como a indemnizar al hipermercado de forma conjunta en la suma de 240 euros. Asimismo, ha condenado a la otra cajera, F.C.C., a 180 euros de multa. En todos los casos concurre la atenuante de reconocimiento de los hechos, y en el de las dos cajeras, la agravante de abuso de confianza.
Además, la magistrada absuelve a otro cajero de la falta de la que había sido acusado.
La sentencia considera probado que ambas cajeras trabajaban antes del 31 de enero de este año en un centro comercial, lo que aprovecharon para, en connivencia con varios clientes y con "claro ánimo de ilícito beneficio", permitirles sacar diversos efectos por línea de cajas sin abonar su importe. Les cobraban sólo una parte del total de la mercancía que llevaban y dejaban que sacaran el resto sin pagar, y lograban de esta forma eludir la vigilancia de los empleados de seguridad.
En concreto, el 30 de enero de 2009, sobre las 11.24 horas, pasó por la caja de la acusada J.M., el cliente imputado, que llevaba cuatro bolsas de hielo y 14 botellas de licor. La cajera sólo le cobró las cuatro bolsas y una botella de ron, y le permitió que sacara del establecimiento el resto de las botellas sin abonar su importe, que ascendía a 240 euros.
Igualmente, sobre las 11.10 horas del 31 de enero, la acusada dejó que el mismo cliente sacara por su caja sin pagar diversa mercancía, cuyo valor ascendía a 277 euros. En esta ocasión fueron sorprendidos por personal de seguridad, y los efectos se recuperaron.
Con el mismo 'modus operandi' que la anterior, otra cajera permitió a algunas personas no identificadas sacar sin pagar diversos productos, pero no se ha podido determinar el importe de los mismos.
La sentencia señala que no ha quedado acreditado que otro hombre que trabajó como cajero de dicho comercio permitiera sacar o sacara por la línea de caja productos sin abonar su importe.
Las dos cajeras y el cliente reconocieron los hechos ante el juez de guardia y aceptaron las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal, pero no se pudo dictar sentencia de conformidad porque el otro cajero acusado no prestó su conformidad.
Ahora, el Juzgado de lo Penal acepta la conformidad de los tres imputados y absuelve al otro cajero al señalar que "no se ha practicado prueba de cargo suficiente", pese a la declaración incriminatoria de una de sus compañeras.