Condenado a un año y nueve meses de cárcel por hacerse pasar por odontólogo en Las Palmas de Gran Canaria

Actualizado: viernes, 22 mayo 2009 17:56

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 22 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un año y nueve meses de prisión a Augusto Díaz Hidalgo, por delitos de intrusismo, lesiones y estafa al haberse hecho pasar por odontólogo para trabajar en una clínica dental de Las Palmas de Gran Canaria desde diciembre de 2000 hasta mayo de 2003, período en el que ocasionó el "fracaso" en la colocación de ocho implantes y un "defectuoso diseño de la prótesis" de una cliente.

La sentencia, dada a conocer hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, condena también al acusado a indemnizar a la perjudicada en 39.000 euros más la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el importe y gastos que le ocasione a la afectada el tratamiento de implantología para reparar los daños sufridos, debiendo detraerse de la suma total la cantidad entregada en su día por dicha perjudicada y que asciende a la cantidad de 11.768,99 euros.

Así, la Sala considera probado que, sin hallarse formalmente inscrito en corporación profesional alguna, el acusado --mayor de edad y sin antecedentes--, pese a carecer de la titulación idónea para ejercer como licenciado en medicina y cirugía y doctor en las especialidades de odontología y estomatología, y, por tanto, "sin tener la necesaria habilitación subsiguiente, por hallarse los estudios cursados pendientes de la preceptiva homologación en España, vino desarrollando y realizando directamente al menos en el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2000 y mayo de 2003, todos los actos propios y exclusivos del ejercicio médico como profesional de las especialidades mencionadas".

De este modo, ostentó "la representación legal y administración y gestión tanto formal como material, respecto del Centro Dental San Bernardo dedicado, a prótesis y ortodoncia en general, que giraba también bajo las designaciones Clínica Dental y Centro Canario Odontológico Nuestra Señora del Carmen SL, siendo ésta entidad la verdadera titular del establecimiento físico sito en Las Palmas de Gran Canaria". Así, atendió a una mujer, ante la que el acusado se presentó e identificó como "especialista médico titulado".

"FALTO DE TODO CUIDADO"

La mujer se puso en manos del acusado, que con ánimo de "enriquecerse ilícitamente", realizó "por sí mismo y sin intervención de titulado alguno, todos los actos propios del ejercicio médico (exploración, diagnóstico y tratamiento) para la realización de hasta ocho implantes dentales osteointegrados a lo largo de un total de 36 consultas o asistencias, incluyendo las intervenciones quirúrgicas correspondientes", por las que, al término, la paciente abonó al acusado un total superior a 15.000 euros por todos los conceptos.

El ejercicio descrito, sin embargo, "falto de todo cuidado, diligencia o elementales precauciones debidas adoptar, no se ajustó a la 'lex artis' propia de la especialidad, ya la totalidad de los ocho implantes realizados acusaron signos de fracaso temprano, y efectivamente, dos de ellos hubieron de ser repuestos, y finalmente siete fracasaron en modo definitivo".

A ello coadyuvó, según la sentencia, "el defectuoso diseño de la prótesis, que ocasionó a su vez un deficiente ajuste de la oclusión, y la falta completa de higiene que propiciaba el faldón de falsa encía, la realización de curetajes en forma absolutamente inapropiada, y para terminar, la falta de todo seguimiento del proceso para corregir en el momento apropiado sus fallas".

DIFICULTADES DE MASTICACIÓN

La resolución añade que "el fracaso completo del proceso descrito evidenció la inutilidad completa de la prótesis para el fin pretendido, y ocasionó dificultades de masticación a la paciente e infecciones e inflamaciones bucales generalizadas y continuas, un síndrome disfuncional ATM, trastornos ansiosodepresivos que precisaron el adecuado tratamiento psiquiátrico, la pérdida completa de los importes pagados al acusado, la necesidad de afrontar el coste económico de un nuevo proceso de implantología, y la definitiva pérdida de masa ósea en los maxilares afectados, al tener necesariamente en cuenta para los futuros implantes".

Además, la Sala detalla que "no consta en cambio fehacientemente acreditado que para los actos descritos, el acusado hubiese de alterar o en cualquier caso manipular por sí y directamente el contenido de soporte documental alguno, ni que fuera del caso descrito", Díaz Hidalgo "se anunciase públicamente y ante todos como especialista".

Por todo ello, la Audiencia le condena como autor criminalmente responsable de los delitos de intrusismo, lesiones y estafa, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño efectuado o disminuir sus efectos, a la pena aceptada por el acusado.

UN AÑO DE INHABILITACIÓN

En concreto, por el delito de intrusismo, multa de seis meses a razón de una cuota diaria de ocho euros; por el delito de lesiones, la pena aceptada de tres meses de prisión e inhabilitación especial por tiempo de un año para el ejercicio de la profesión de médico odontólogo o estomatólogo y cualquier oficio relacionado con ella; y por el delito de estafa a la pena, igualmente aceptada, de un año y seis meses de prisión, multa de seis meses a razón de una cuota diaria de ocho euros o el apremio personal legalmente procedente en caso de impago y al pago de las costas procesales.

En cuanto a la responsabilidad civil el acusado indemnizará a la perjudicada en la cantidad de 39.000 euros más la cantidad que le ocasione a la perjudicada el tratamiento de implantología para reparar los daños sufridos, debiendo detraerse de la suma total la cantidad entregada en su día por dicha perjudicada y que asciende a la cantidad de 11.768,99 euros.