Condenan a 15 meses de multa a alcalde de Carboneras (Almería) por calumniar a juez que le inhabilitó en 2005

Señaló que existía animadversión en el magistrado que le condenó por un delito electoral por el que fue indultado en Consejo de Ministros

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 25 septiembre 2008 19:06

ALMERÍA, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

Una juez de Almería ha condenado al alcalde de Carboneras (Almería), Cristóbal Fernández (PSOE), a una pena de 15 meses de multa y el abono de 5.000 euros de indemnización por calumniar a uno de los tres magistrados que componían el tribunal de la Audiencia Provincial que, en 2006, le consideró culpable junto a su hermana, la también edil Rosario Fernández, de un delito electoral del que sería indultado por el Consejo de Ministros para su posterior reelección como regidor del municipio levantino.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Almería, a la que tuvo acceso Europa Press, considera que el comunicado de prensa que Fernández distribuyó en una comparecencia pública para informar sobre la solicitud de recusación del juez Manuel Espinosa Labella responde a una conducta "antijurídica" por su parte y pretendía dejar entrever que éste tenía una predisposición a condenarle para ayudar a su cuñado como director de Sevillana-Endesa en Almería, Julián Lacalle, y los intereses económicos de la compañía.

El primer edil carbonero establecía en el citado documento, según el fallo, una clara relación entre el juicio seguido en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial y la pretensión de Sevillana-Endesa de instalar una central en el municipio, extremo último al que se oponía el equipo de Gobierno del PSOE por él presidido. En esta línea, desmiente que, tal y como alegó durante la vista oral el procesado, estuviese haciendo uso legítimo de su derecho a informar ya que --ahonda-- "era consciente de la naturaleza ofensiva de su imputación y asumió la lesión al honor derivado de ella".

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Almería atribuye, además, a Fernández el haber facilitado una información "inveraz" con "posterioridad a que se celebrase el plenario" en el que se le condenó en referencia a que se había producido "un cambio en la composición" del tribunal --expresión que califica de innecesaria-- para incluir al magistrado Manuel Espinosa Labella cuando éste "viene desempeñando como titular de manera ininterrumpida desde 1995".

Al hilo de esto, asegura que era "obligación" del regidor del PSOE "informarse diligentemente" de aquellos que integraban la Sala ya que se trata de un dato "público y objetivo", por lo que le achaca "propósito específico de difamar" y descarta que la prueba documental aportada justifique la emisión de un comunicado durante la rueda de prensa en el interés suscitado por el juicio, que califica de "indigno" de tal decisión máxime cuando las palabras 'Audiencia Provincial' y el nombre del juez "han sido resaltados con una tipografía considerablemente grande".

Además de la pena de 15 meses de multa a razón de doce euros al día, la sentencia, que desestima aplicar la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas pedida por la defensa al valorar como "razonables los plazos de tres años en la tramitación en la que el procesado ha hecho valer su opción de recurrir", impone una indemnización de 5.000 euros ya que la intromisión ilegítima en el honor alcanzó máxima audiencia por el tipo de difusión escogido.

DOS CONDENAS PREVIAS.

Francisco Ruiz Aguado asumía la Alcaldía de Carboneras en noviembre de 2006 después de que Cristóbal Fernández (PSOE) dimitiera del cargo para cumplir la condena de seis meses de inhabilitación impuesta en 2005 por un delito electoral cometido en 1999 derivado de "coacciones" a un funcionario municipal en el voto por correo.

Junto al primer edil, la Audiencia Provincial de Almería condenó por el mismo delito a su hermana, la concejal Rosario Fernández, que, al igual que el regidor, fue indultada el 1 de diciembre de 2006 por el Consejo de Ministros de la pena de inhabilitación para cargo público a condición de no cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación, el 20 de diciembre de 2006, del indulto en el BOE.

Fernández apeló también en junio el pago de una multa de 20 días a razón de 12 euros diarios y una indemnización de 1.000 euros al funcionario municipal al que coaccionó, Antonio Belmonte, después de que la juez Rocío Sánchez de Vera considerase una falta de injurias las expresiones "enfermo" y un "drogadicto" carente de credibilidad dirigidas a él a la salida del Palacio de Justicia de la capital en 2005.

Contenido patrocinado