El decreto de convocatoria deberá firmarse entre 30 y 60 días antes

Fachada del Parlament de Catalunya
EUROPA PRESS

BARCELONA 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

La ley de consultas no refrendarias en la que trabaja el Parlament establecerá que el decreto de convocatoria de las consultas deberá firmarse entre 30 y 60 días antes de su celebración por lo que, en caso de la del 9 de noviembre, el presidente de la Generalitat deberá firmar el decreto entre septiembre y principios de octubre.

Así lo ha acordado la ponencia que redacta la norma, que este viernes celebra su última reunión antes de elevar el texto de la ley a la Comisión de Asuntos Institucionales del Parlament para que ésta la prepare para elevarla al pleno de la Cámara en septiembre.

La previsión de los grupos es poder aprobar la ley de consultas justo cuando empiece el período de sesiones en la última semana de septiembre, por lo que en el caso de la consulta del 9 de noviembre, quedaría un plazo de unas dos semanas desde la aprobación de la ley --hasta el 9 de octubre-- para convocarla oficialmente.

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