El DOE publica la regulación de permisos a los que podrán acogerse las personas que trabajen en jornada electoral

MÉRIDA 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la Resolución mediante la que se regulan las medidas necesarias para facilitar la participación en las elecciones generales del próximo día 9 de marzo de aquellos trabajadores que no disfruten de su descanso semanal ese domingo, y de quienes por estar realizando funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones que le impidan ejercer el derecho de sufragio quieran votar por correo.

Así, desde la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo, se dispone que no tengan permiso retribuido aquellos trabajadores que participen como electores y cuyo horario de trabajo no coincida con el horario de la votación (de 09.00 a 20.00 horas) o lo hagan por un período inferior a dos horas.

Según informó la Junta en una nota, sí gozarán de retribución, en concreto de un total de dos horas, las personas cuyo horario laboral coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de la votación.

Aquellos cuyo trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis disfrutarán de un permiso de tres horas. Por último, a partir de seis o más horas, los trabajadores gozarán de un permiso retribuido de cuatro horas.

Por otra parte, los electores que tengan que trabajar lejos de su domicilio habitual o tengan dificultades para ejercer el derecho de sufragio el domingo 9 de marzo podrán sustituir el permiso citado anteriormente por otro de idéntica naturaleza, destinado a formular personalmente la certificación acreditativa de su inscripción en el censo y la posterior remisión del voto por correo.

Finalmente, los trabajadores que tengan la condición de presidentes/vocales de mesas electorales o de interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior, esto es, el lunes 10 de marzo. En el caso de que el trabajador tenga la condición de apoderado el permiso sólo corresponderá con la jornada del día de la votación.

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