Economía/Legal.- El juez desestima la petición de Jaime Salazar de suspender el nombramiento de consejeros de SOS

Actualizado: viernes, 4 diciembre 2009 12:21

MADRID, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha desestimado la solicitud formulada por el ex vicepresidente de SOS Jaime Salazar de suspender los acuerdos adoptados en la junta de accionistas del pasado 29 de junio por el nombramiento de dos consejeros que dejaron a los Salazar sin representación en los órganos de gobierno de la compañía, según el auto dictado el pasado 3 de diciembre.

El juez titular, Francisco Javier Vaquer, da la razón a SOS al concluir que la junta de accionistas tiene la "facultad de cese de consejeros", en virtud del artículo 131 de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA), que establece que éstos podrán "separar a los administradores en cualquier momento y nombrar a un consejero en representación de su parte proporcional" cuando exista conflicto de intereses.

De este manera, el magistrado avala la legalidad del nombramiento e inmediato cese de los consejeros representantes de la agrupación de acciones de los Salazar, Jaime Pereña y Luis Chicharro, y el nombramiento en su lugar de la sociedad Ahorro Corporación y de Miguel Salinas en la junta del pasado 29 de junio.

Este movimiento de consejeros se produjo después de que Jesús y Jaime Salazar fueran cesados de sus cargos de presidente y vicepresidente de SOS el pasado 30 de abril tras descubrir la compañía un presunto desvío de 230 millones a varias de sus sociedades patrimoniales, y después de que la Audiencia Nacional aceptara su imputación por estos hechos.

Por el ello, el juez concluye que "procede desestimar" las medidas cautelares solicitadas por Jaime Salazar en la demanda presentada a través de su sociedad Alvan, actualmente en concurso, y da la razón a las alegaciones presentadas por SOS. Contra la resolución cabe recurso de apelación en un plazo de cinco días.

La resolución considera que lo dispuesto en el artículo 131 de la LSA sobre el cese de consejeros "se extiende a los designados por el sistema proporcional" de representación de las agrupaciones de acciones, regulado en el artículo 137 de la LSA, cuya vulneración denunció Salazar.

El antiguo vicepresidente consideraba que las cajas de ahorros no pueden controlar el 100% del capital de la compañía alimentaria cuando ostentan un 35% del accionariado. Los Salazar poseían un 28% de la compañía cuando se celebró la junta.

Por otro lado, el juez considera "innecesario entrar a examinar el peligro en la mora procesal" alegada por Salazar, al considerar que de esa manera se les dejaba sin capacidad de voto en las operaciones previstas por la compañía, como la refinanciación de su deuda, el plan de desinversión de activos o el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que el nuevo equipo pretende llevar a cabo.

Por último, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid está pendiente de dictar la resolución de una demanda similar de adopción de medidas cautelares presentada por Jesús Salazar en nombre de su sociedad Unión de Capitales.