Economía/Legal.- El Tribunal Supremo debatirá mañana si reabre o no el caso de las cesiones de crédito contra Botín

Actualizado: domingo, 2 diciembre 2007 13:05

El dictamen del Pleno de la Sala de lo Penal será decisivo para fijar el papel de la acusación popular en los procedimiento abreviados

MADRID, 2 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de lo Jurisdiccional de la Sala de lo Penal celebrará mañana el debate sobre la reapertura o no del caso de las cesiones de crédito contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, otros tres directivos de la entidad y 20 clientes que compraron el producto financiero comercializado en los años 80, y causó un perjuicio patrimonial de 84 millones de euros.

Los 15 magistrados del pleno determinarán si fue procedente o no el archivo de la causa dictado en diciembre de 2006 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y que determinó la imposibilidad de "abrir juicio oral sólo a instancias de la acusación popular", según el contenido del auto de resolución.

El Supremo aceptó tramitar el recurso de casación presentado por la acusación particular ejercida por la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) -ligada a Rafael Pérez Escolar, condenado por el 'caso Banesto' que falleció el pasado mes de septiembre- después de que la Audiencia Nacional determinara que carecía de legitimidad para decretar la apertura de juicio oral. ADIC pedía 180 años de prisión para Botín.

La Fiscalía de la Audiencia, representada por el fiscal Vicente González Mota, pidió en 14 ocasiones el archivo de las actuaciones de los responsables de la entidad, mientras que la Abogacía del Estado se pronunció en los mismos términos en siete ocasiones.

Las cesiones de crédito fue un producto financiero comercializado por el Santander entre 1987 y 1989. La Fiscalía investigó más de 47.240 operaciones con unos 3.500 titulares por un importe superior a los 2.600 millones de euros a través de las que los clientes podrían haber cometido un supuesto delito fiscal.

PAPEL DE LA ACUSACIÓN POPULAR.

La decisión del Supremo será determinante para fijar el papel de las acusaciones populares en los procesos judiciales que se tramiten por el procedimiento abreviado, alrededor del 95% en España. El debate versará sobre la interpretación del artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) que establece que "si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitan el sobreseimiento de la causa por cualquiera de los motivos que prevén los artículos 637 y 641, lo acordará el Juez", según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

El auto del presidente de la Sala de lo Penal la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, rechazó abrir juicio oral a instancias de ADIC porque supondría que "cualquier ciudadano, perjudicado o no por el delito, puede por su propia voluntad presentar una acusación independientemente de los intereses del perjudicado y en contra del criterio del Fiscal".

La decisión afectará a procesos judiciales en tramitación, como el que sigue el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco contra el lendakari, Juan José Ibarretxe, por reunirse con ETA o el del 'caso del ácido bórico' que tramita la Audiencia Provincial de Madrid. Si el Supremo acepta el archivo de la causa contra Botín, las querellas de asociaciones como el Foro de Ermua, Dignidad y Justicia o Manos Limpias no podrá prosperar sin afectados directos, según las mismas fuentes.

ADIC PRESENTA SENTENCIA ANTE EL SUPREMO.

Ante el debate del lunes, ADIC presentó ayer ante el Alto Tribunal un escrito al que tuvo acceso Europa Press en el que pide a la sala que tenga en cuenta la sentencia dictada este mes por el Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona que condena por un delito contra la Hacienda Pública a uno de los clientes del banco Santander que compró el producto financiero, y que se encuentra recurrida en casación ante el Supremo.

La sentencia detalla que el acusado, "siguiendo las directrices de los empleados del banco, realizó dos operaciones de 'cesiones de crédito" y aunque posteriormente la entidad "no justificó la existencia de los referidos activos financieros internos a la inspectora de Hacienda, en cambio, entregó al acusado un recibo justificativo de dicha operación".

ADIC recuerda al Supremo en su escrito que de los 138 clientes acusados en la Audiencia Nacional, el trámite contra 100 de ellos se trasladó a los juzgados del domicilio fiscal de los acusados y 38 están dentro del proceso de la Audiencia Nacional. Esta situación provoca que los últimos estén "amparados bajo el sobreseimiento", mientras los otros restantes están siendo juzgados en unos procesos donde el Ministerio Fiscal y el abogado del Estado "mantienen la acusación".