Estat. balear.-La FEMP dice que se reconoce a los municipios y su autonomía, pero no se detalla sus competencias propias

Actualizado: domingo, 23 julio 2006 14:21

La Federación Española destaca que se refuerza el papel de los Consejos Insulares, que pasan a ser instituciones de la CCAA

MADRID, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) destaca que la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares reconoce el papel de los municipios y de las islas "como elementos articuladores del territorio", que se apoya expresamente la autonomía local y las competencias municipales, aunque estas no se detallan.

En un informe sobre la reforma balear, publicado en la revista de la FEMP 'Carta local', se repasan los aspectos del proyecto que afectan al mundo municipal. Desde este punto de vista, los rasgos principales de esta reforma según la Federación son que contiene un capítulo dedicado a los municipios, que con ella se crea el Consejo Insular de Formentera y que se recoge una detallada descripción de los consejos insulares y sus competencias.

Dentro del capítulo dedicado a los municipios, en el informe se explica que "uno de los puntos más relevantes es su apoyo expreso a la autonomía local", puesto que se garantiza a los municipios el ejercicio de sus competencias propias. Sin embargo, agrega la FEMP, no se detallan esas competencias propias.

Sí están enumeradas sin embargo las competencias propias de los consejos insulares en 21 ámbitos y la posibilidad de que se encarguen en el futuro de la ejecución y gestión de otras 15 materias. Estos consejos pasan a ser con la reforma estatutaria instituciones de la Comunidad Autónoma y entre ellos se incluye uno de nueva creación, el de la isla de Formentera, que hasta ahora formaba un consejo junto a Ibiza. "Con ello, se viene a dar respuesta a un deseo generalizado de gestionar desde el mismo territorio su propia administración insular", se explica en el informe de la FEMP.

Además de ver afianzadas sus competencias, los plenos de los consejos insulares ven reforzado también su papel; "se prevé que el pleno ejerza la iniciativa legislativa ante el Parlamento autonómico, la función normativa, la aprobación de los presupuestos del consejo, el control de la acción del Gobierno, la elección y cese del presidente" y otras funciones que le reconozcan las leyes.

FINANCIACIÓN Y FONDO DE COOPERACIÓN MUNICIPAL

En otros capítulos, continúa el informe de la FEMP, se reconoce el derecho de las entidades locales para constituir mancomunidades, consorcios y asociaciones; y también se reconoce un régimen especial para la ciudad de Palma, que será establecido mediante una ley del Parlamento balear. El legislativo autonómico también regulará el régimen local.

El capítulo de la financiación municipal está presente en la reforma y tiene "un tratamiento relevante". En el articulado se sienta el derecho a la suficiencia financiera de los municipios y se les reconoce autonomía presupuestaria y capacidad para regular sus finanzas propias.

"Además, se anuncia que, para velar por el equilibrio territorial, está prevista la creación de un fondo de cooperación municipal que se distribuirá en función de las características socioeconómicas y territoriales de los municipios", se añade en el informe. Para garantizar la suficiencia financiera, este fondo será de carácter incondicional.

"Sin embargo -se explica en el informe- el texto no prevé ningún tipo de compensación por las pérdidas que las entidades locales puedan sufrir a causa de modificaciones normativas, tanto del Estado como de la Comunidad Autónoma".