Estatut.- La Generalitat subvenciona con 4,4 millones la campaña del referéndum de los partidos

Actualizado: jueves, 18 mayo 2006 21:49

BARCELONA, 18 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de la Generalitat aprobó esta tarde en sesión extraordinaria los decretos por los que se establecen las normas para la celebración del referéndum del Estatut y se otorgan 4.399.835,46 euros en las subvenciones a los partidos para que desarrollen la campaña previa, que se iniciará a las 0 horas del día 2 y finalizará a las 24 horas del día 16.

El decreto establece una línea de ayudas extraordinarias para los grupos políticos con representación en el Parlament por los gastos de explicación y divulgación del Estatut y las distribuye en función del número de escaños obtenidos en las últimas elecciones autonómicas y los votos, además de establecer una cuantía fija.

Así, se concederá a cada formación política 3.300 euros por escaño obtenido en los últimos comicios autonómicos; 1,0374 euros por cada voto logrado en esas elecciones y 55.000 euros de cuantía fija para cada grupo parlamentario.

Según esta distribución, CiU contará inicialmente con 1.269.538 euros en subvenciones; el PSC dispondrá de 1.263.630 euros; ERC contará para su campaña por el 'no' con 695.582 euros en subvenciones; el PP se quedará en 512.716 euros e ICV-EA contará con 334.882 euros para su campaña.

El decreto establece una limitación de los gastos ocasionados por la campaña, "en ningún caso puede ser superior a los gastos efectivamente realizados". Además de estas ayudas, la Generalitat ha invertido 5,5 millones en la campaña institucional de participación, y 1,5 millones en la de explicación del contenido del Estatut.

El Gobierno también aprobó hoy el decreto de normas complementarias por la realización del referéndum. Estas normas son las necesarias para garantizar un buen funcionamiento de las votaciones y hacen referencia a aspectos como la composición de las juntas y mesas electorales, censo electoral, campañas, y la utilización de urnas, cabinas y papeletas.

Entre estas normas, se incluyen las directrices para el voto por correspondencia, que se podrá solicitar hasta diez días antes de la celebración del referéndum y la Oficina del Censo Electoral tramitará por correo certificado la documentación electoral necesaria, para que los electores puedan tramitar por correo certificado su voto, de forma totalmente gratuita.

También se establecen las gratificaciones e indemnizaciones de las personas que intervienen en la administración electoral. Así, cada uno de los miembros de las mesas electorales percibirá la cuantía de 53,34 euros en concepto de dieta de manutención.

Junto a estos decretos, el Gobierno ha aprobado el Manual de Instrucciones para los miembros de las mesas electorales para el referéndum. Las instrucciones hacen referencia a aspectos como la cronología de la jornada electoral, obligaciones y derechos de los presidentes y vocales, constitución de la mesa electoral, apertura del colegio, mecánica de la votación o el escrutinio.