Estatut.- El TC rechaza acumular los recursos, por lo que Pérez Tremps participará en su resolución salvo en el del PP

Actualizado: lunes, 28 mayo 2007 20:12

MADRID, 28 May. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado un auto en el que rechaza acumular los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP, el Defensor del Pueblo y cinco Comunidades Autónomas contra la reforma del Estatuto de Cataluña, lo que supone que el magistrado Pablo Pérez Tremps podrá participar en las deliberaciones de todos ellos, salvo en la relativa al primero, ya que se estimó la recusación que el partido que preside Mariano Rajoy presentó contra él.

En un auto hecho público hoy, el alto tribunal deniega la acumulación solicitada por el PP ante la "diversidad de impugnaciones" presentadas por los recurrentes, que incluso pidieron, como en el caso de Aragón y de las Islas Baleares, que se acumulara lo relativo al Archivo de la Corona de Aragón y se estudiara independientemente de otros plantemientos más generales.

La circunstancia más destacada de esta decisión, en la mayoría de los procedimientos considerada de mero trámite y dirigida a contribuir a la economía procesal y a evitar pronunciamientos dispares, consiste en que la recusación de Pérez Tremps se limitará al recurso presentado por el PP.

"De acordarse la acumulación se extenderían los efectos de la recusación estimada de Pérez Tremps a todos los procedimientos objeto de la presente resolución, en contradicción con la doctrina constitucional que mantiene el carácter restrictivo que el alcance de toda recusación debe tener. Carácter restrictivo que, en este caso, se sustentaría, además, en la naturaleza y composición de este Tribunal y en el hecho de que el magistrado no haya sido recusado en ninguno de los restantes procedimientos", explica el auto.

El Pleno hace suyos los argumentos del Abogado del Estado que afirmaba que "los preceptos estatutarios que sirvieron para sustentar y acordar la recusación de Pérez Tremps no han sido recurridos" por ninguna otra parte, "por lo que no resulta procedente ni posible que la recursación" que afecta al recurso del PP se extienda a los demás "a través de una vía anómala".

En concreto, los Servicios Jurídicos del Estado destacaban que la recusación de Pérez Tremps se basaba en que con el informe que realizó había influido en la redacción de los artículos 185, 187, 189.1, 193, 196 y 198 del Estatuto. Sólo el PP impugnó tres de ellos (los dos primeros y el último).

El Constitucional tiene en cuenta este argumento y afirma que "para aprecisar si concurre la necesaria conexión de objetos" entre los distintos recursos, aunque se presenten contra la misma ley, "hay que atender no sólo a las pretensiones que se formulan sino también a la causa de pedir, siendo así que las fundamentaciones jurídicas contenidas en las diferentes demandas sólo parcialmente son coincidentes".

REITERA RECHAZO DE RECUSACIÓN.

Además, el Pleno también ha hecho público hoy el auto en el que rechaza la recusación del magistrado Jorge Rodríguez-Zapata en los recursos del Defensor del Pueblo y de las cinco comunidades autónomas.

Para no admitir a trámite la impugnación del citado magistrado, el alto tribunal se remite al auto que dictó en el mismo sentido en el recurso del PP, ya que la Generalitat, a diferencia del citado partido, recusó a Rodríguez-Zapata en todos los procedimientos.

Al no haber sido acumulados los recursos, el alto tribunal debe pronunciarse en cada uno de ellos sobre las alegaciones que se presenten, aunque sean coincidentes.