Estatut.- El TC sigue hoy estudiando el recurso de súplica de la Generalitat contra la recusación de Pérez Tremps

Actualizado: miércoles, 28 febrero 2007 8:35

MADRID, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional sigue hoy estudiando el recurso de súplica presentado por la Generalitat de Cataluña contra el auto en el que se decidió apartar al magistrado Pablo Pérez Tremps de la resolución del recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra el Estatuto de Cataluña, porque "resultaría contrario a lo razonable negar la existencia de una intervención indirecta" de éste en la elaboración de la reforma estatutaria, indicaba la resolución impugnada.

Fuentes del alto tribunal indican a Europa Press que el Pleno continuará estudiando las alegaciones presentadas por la Generalitat contra la decisión de apartar a Pérez Tremps, adoptada el pasado día 5 por seis votos frente a cinco.

El Ejecutivo catalán pretende con este recurso volver a equilibrar las fuerzas de los sectores del alto tribunal que se presumen más favorables y más contrarios al Estatut, ya que la recusación de Pérez Tremps favoreció al último, que contaría con seis votos, los mismos que votaron a favor de la recusación del magistrado.

Aunque los recursos de súplica rara vez prosperan, ya que son resueltos por la misma Sala que había dictado la resolución impugnada, la Generalitat intenta que al menos la recusación se circunscriba a los aspectos concretos sobre los que versó el estudio realizado por Pérez Tremps.

En cualquier caso, en el caso de que se rechace el recurso, la Generalitat ya ha anunciado que recusará al magistrado del Constitucional Jorge Rodríguez Zapata por haber hecho un informe, en su opinión, similar al de Pérez Tremps.

No obstante, esta opción también es difícil que prospere, porque el propio Rodríguez Zapata afirmó en el voto concurrente que acompañó al auto que apartó a Pérez Tremps del debate del Estatuto catalán que él ya había puesto en conocimiento de sus compañeros del Pleno el informe en cuestión y que ninguno había puesto objeciones.

AUTO IMPUGNADO

El auto del Pleno del Constitucional afirmó que en el caso de Pérez Tremps concurría la causa de recusación número 13 prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

A juicio del alto tribunal, el estudio realizado por Pérez Tremps en 2003 por encargo de una institución que asesoró sobre la reforma estatutaria, y por el que cobró 6.000 euros, supuso una toma de postura acerca de los límites constitucionales sobre la asunción de competencias por Generalitat, "lo que constituye un elemento objetivo que razonablemente permite la suspicacia de la parte recusante acerca de la imparcialidad con la que el magistrado recusado está en condiciones de abordar el enjuiciamiento de la norma impugnada".

Lo determinante en este caso, a juicio de la mayoría, era que una de las partes del proceso, en este caso el PP, puede "dudar de la falta de prevención y de la posición objetiva del magistrado". En sentido general, la Sala descartaba que los trabajos científicos de los profesores universitarios puedan constituir causa de recusación, ya que ello podría "dificultar indebidamente el acceso al Constitucional de catedráticos y otros juristas de reconocida competencia".

"Ahora bien --aclaraba el TC--, distinto tratamiento corresponde a los trabajos, estudios o dictámenes emitidos a instancia de instituciones u órganos implicados en el procedimiento de elaboración de la norma que pueda llegar a ser objeto de un proceso constitucional y con la finalidad de obtener el ajuste de la misma a la Constitución", como ha sido el caso.