MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este martes que se mantengan las condenas de entre seis y siete años de cárcel impuestas, por los delitos de integración y colaboración con organización terrorista, a cinco de los 13 acusados de actuar como captadores e informadores de la banda terrorista ETA cuyos nombres aparecieron en la documentación incautada al dirigente etarra Ibon Fernández de Iradi, 'Susper', tras su detención en diciembre de 2002.
El fiscal ha considerado "correcta" la sentencia dictada en mayo de 2010 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que imponía siete años de prisión a Zugaitz Izaguirre y Carlos Moisés Martín por integración en ETA y seis años a Regina Maiztegi, Alberto González Etxeberria y Mikel Garaiondo por un delito de colaboración.
La Audiencia absolvió del delito de pertenencia a Ramón López Cid e Ikerne Indakoetxea, y del de colaboración a Maider Egiguren, Galder Bilbao, Gorka Iriarte, Iker Casanova, Arantza Martín y Francisco Javier Gil.
Por su parte, los abogados de la defensa han solicitado la libre absolución de sus patrocinados y en todo caso que la pena no sobrepase el mínimo legal establecido.
Han argumentado que la condena es "desproporcionada" porque la colaboración se limitó, en unos casos, a "un hecho puntual" y en otros se está castigando a personas "ya socializadas", que fueron acusadas de integrarse en la organización terrorista en 1995 pero que desde entonces no han estado implicadas en procedimientos similares.
"Estamos ante personas ya socializadas, ante seres que ya han rehecho su vida", han expuesto, para después preguntarse "qué interés puede haber en que vuelvan a prisión" tantos años después y dados los retrasos "escandalosos" que ha sufrido el procedimiento. De este modo, han advertido del "perjuicio" que puede suponer la vuelta a prisión para sus circunstancias personales y familiares.
DILACIONES INDEBIDAS
Durante la vista pública celebrada este martes en el Tribunal Supremo, el representante del Ministerio Público ha desestimado los recursos presentados por las defensas de los cinco condenados, que alegaban que se produjeron demoras "amplias y absolutamente injustificadas" durante el proceso, por lo que consideraban que la Audiencia Nacional debería haber estimado como muy cualificadas, y no como una simple atenuante, las dilaciones indebidas y así se rebaje la pena en uno o dos grados.
A este respecto, la defensa ha recordado que algunos de los condenados fueron detenidos en 2003 y que no fue hasta mayo de 2010 cuando la Audiencia Nacional dictó sentencia, al tiempo que ha recordado que otros casos similares relacionados con la documentación incautada a 'Susper' no sufrieron estas "evidentes" dilaciones. "No cabe justificar la demora en la inexistente complejidad de la causa", ha añadido.
Frente a ello, el fiscal ha subrayado que no hay retrasos de "especial intensidad" y ha mantenido que se trataba de una causa "compleja" debido a la "multitud de documentos", comisiones rogatorias y número de procesados que estudiaba. El caso ha quedado visto para sentencia, cuya ponencia correrá a cargo del magistrado José Manuel Maza.
La sentencia de la Audiencia Nacional consideró probado que los condenados formaban parte del subaparato de captación ('banatzailes') de ETA, que se encargaba de la distribución de cartas de la banda por orden de los 'pescadores' ('arrantzaleak'), que actuaban como responsables del aparato de captación.
Las personas reclutadas se dedicaban a la obtención de información sobre posibles objetivos, la formación de 'taldes' legales y la captación de distribuidores de cartas de ETA, según constaba en la resolución judicial, que añadía que estas actividades se desarrollaban en las provincias de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Navarra.
INFORMACIÓN SOBRE EDILES DE PP Y PSOE
La sentencia de la Audiencia Nacional, de la que fue ponente el magistrado Guillermo Ruiz Polanco, detallaba que algunos de los condenados facilitaban información sobre posibles objetivos contra los que atentar. Es el caso de Regina Maiztegi, ex concejal de EH que entregó a 'Susper' una foto del Pleno del Ayuntamiento de Soraluze (Guipúzcoa) e informó a Ángel Murgoitio sobre dos ediles, uno del PP y otro del PSOE.
Otros llegaron a integrarse activamente en la banda, como Carlos Moisés, que según la sentencia pertenece a ETA desde 1995 y realizó un cursillo de 24 horas sobre manejo de armas y preparación de explosivos en Urnieta (Guipúzcoa). Tras recibir dos pistolas y explosivos de manos del etarra Juan María Insausti, 'Karpov', participó en varios atentados en 1996, como el ametrallamiento del cuartel de la Guardia Civil en San Sebastián.
Zugaitz Izagirre se integró por orden de 'Susper' en el 'comando Ezkurra' o 'Ezkur', desde el que facilitó información sobre torretas, antenas y edificios oficiales, mientras que Alberto González participó en acciones de violencia callejera ('kale borroka') y Mikel Garaiondo facilitó a 'Susper' el nombre de seis posibles colaboradores.
En todos los casos, el tribunal justificó sus condenas a partir de los informes de inteligencia elaborados por el Cuerpo Nacional de Policía y las declaraciones prestadas por los acusados en sede policial.
La Sala justificó las absoluciones del resto de los acusados por falta de pruebas que acrediten su colaboración con ETA. Así, por ejemplo, Maider Egiguren y Gorka Iriarte no reconocieron las actividades imputadas ni en su declaración policial, mientras que Iker Casanova ya había sido condenado por integración en organización terrorista.