ETA.-La Fiscalía pide al TS que confirme 28 años de cárcel para dos etarras por la muerte de un funcionario de prisiones

Actualizado: miércoles, 22 septiembre 2010 14:35

MADRID, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo que confirme la condena a 28 años de cárcel que impuso la Audiencia Nacional el pasado mes de marzo a los etarras Zigor Bravo y Juan Carlos Subijana por haber proporcionado la información necesaria para el atentado perpetrado por la banda terrorista el 22 de octubre del año 2000, que acabó con la vida del funcionario de prisiones Máximo Casado en Vitoria.

A juicio tanto del representante del Ministerio Público como de la acusación particular que representa a la viuda de Casado, debe desestimarse la presunta vulneración del derecho a la presunción de inocencia que ha alegado la defensa, pues existe "prueba de cargo suficiente y legal", tanto por la declaración de Subijana en sede policial, como por la documentación "muy explícita" incautada en su domicilio.

Por su parte, la defensa de ambos acusados ha solicitado, durante una vista pública celebrada este miércoles, la libre absolución al considerar que la condena se ha apoyado solamente en la declaración en sede policial de uno de los condenados, de la que se desdijo durante la vista oral y que, al no estar resuelto cómo se produjo el atentado, no puede demostrarse que la información que los condenados facilitaron a ETA fuese la que utilizaron para cometer el asesinato.

NO SE ACOMODA A JURISPRUDENCIA

Asimismo, ha criticado la defensa que durante el juicio en la Audiencia Nacional "no aparecieron ni instructor, ni secretario, ni testigo de la declaración" lo que, a su juicio, "no se acomodaría a la jurisprudencia de la Sala" de lo Penal del Tribunal Supremo. Ha agregado que en el Sumario "no consta tampoco ni la entrada ni el registro del domicilio".

"No puede mantenerse que Bravo entregase la información sobre Casado a Subijama y éste a ETA y tampoco que ETA para matar a Casado hubiese utilizado esa información. En la causa no hay nada para hacer pensar eso porque no se sabe ni quienes son los autores materiales ni de qué forma concreta se realizó", ha recalcado la defensa para añadir que hay "lagunas" que hacen "imposible" determinar cómo sucedieron los hechos.

En este sentido, el fiscal ha asegurado que no sólo se ha condenado a los dos etarras por la declaración policial de Subijama sino por "un conjunto probatorio" del que se desprenden "datos muy explícitos que confirman que esa información sirvió a ETA para perpetrar el asesinato", información que el citado etarra "trasladó personalmente a Francia". Además, ha asegurado que el motivo de recurso alegado "no puede prosperar" porque hay "pruebas más que suficientes".

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, NO CABE TODO

En esta línea se ha expresado también la acusación particular, asegurando que la sentencia "responde a todos los puntos" planteados por la defensa, así como que "todos los elementos" confirman la declaración policial prestada por Subijama en la que reconoce los hechos.

También ha recalcado que el derecho a la presunción de inocencia "no puede entenderse como un cajón de sastre donde todo cabe", ya que, en este caso "no ha habido ningún error procesal" por lo que, a su juicio, procede "la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia".

La sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional destacó la "especial repugnancia que genera por su especial perversidad" que uno de los informadores fuera vecino de la persona asesinada y que el atentado se ejecutara "en las instalaciones comunes" que compartían, "aprovechando el conocimiento que genera esta especial relación de vecindad".

SUS PADRES VIVÍAN EN EL PISO SUPERIOR

Según el relato de hechos probados por la sentencia ahora recurrida, Bravo entregó "información precisa" a Subijana --por quien fue captado-- acerca del funcionario de prisiones, en concreto sobre sus circunstancias personales, su dirección, su vehículo y la ubicación de la plaza de garaje, facilitándole incluso una llave de acceso al mismo.

Esta información, que Bravo obtuvo porque sus padres vivían en el piso inmediatamente superior al del funcionario de prisiones, fue entregada por Subijana a otros miembros de ETA, que colocaron una bomba lapa en los bajos del coche de Máximo Casado, que le provocó la muerte en el acto.

La Audiencia impuso a los encausados una pena 25 años de cárcel como autores de un delito de asesinato terrorista en grado de cooperación necesaria, así como otra de tres años de cárcel por daños terroristas.

Además, les condenó a indemnizar con 400.000 euros de manera conjunta y solidaria a la viuda de la víctima, María Concepción Jaular, y con otra cantidad idéntica a su hija, Suleika Casado Jaular. También les impuso la prohibición de aproximarse y comunicarse con ambas durante cinco años y la de acudir a la localidad de Vitoria o al lugar de residencia de estos familiares en este tiempo.

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