El Gobierno fija servicios mínimos del 15% para la huelga en RTVE y garantiza información electoral y debates

Actualizado: martes, 19 febrero 2008 15:25

Los servicios mínimos respetarán los espacios de propaganda electoral gratuita y los tiempos informativos adjudicados a los partidos MADRID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Economía y Hacienda ha establecido unos servicios mínimos del 15 por ciento para TVE, RNE y Medios Interactivos, de cara a la convocatoria de huelga realizada por los sindicatos en RTVE, coincidiendo con el inicio y el fin de la campaña electoral, según consta en el decreto, que recoge Europa Press.

Los sindicatos han convocado huelga en toda España los días 21 (un paro de una hora a partir de las 23.00 horas); 22 de febrero, con un paro de una hora, de las 00.00 a las 01.00, y tres paros de dos horas: desde las 06.00 horas a 08.00; de las 14.00 a 16.00 y de las 20 a las 22.00 horas; y el 7 de marzo durante toda la jornada.

Según Economía, "la singularidad de las fechas escogidas para el ejercicio de huelga" hace necesario asegurar la producción y emisión de los espacios informativos necesarios que garanticen la cobertura mínima que el derecho a la información, durante su horario habitual de inicio, estando condicionada su finalización al tiempo estrictamente necesario para la protección de este derecho.

Del mismo modo, los servicios mínimos harán posible que el Gobierno pueda hacer que se programen y difundan cuantas declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público estime necesarias, con indicación de su origen.

Además, se garantizará el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, tanto en lo que se refiere a la emisión y retransmisión de los espacios de propaganda electoral gratuita, así como de los debates, entrevistas y bloques de tiempos en los programas informativos a los diferentes partidos políticos que presentan candidaturas a las elecciones generales del 9 de marzo, "en aras al respeto de los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa que se exigen a la radio y televisión de titularidad estatal".

SERVICIOS ESENCIALES

A estos efectos, el Gobierno considera como servicios esenciales la producción y emisión/retransmisión en TVE, RNE y en medios interactivos de los programas informativos, "en sentido estricto en cuanto a su contenido limitándose, en general, a la inclusión de noticias o informaciones que sean de actualidad y tengan la inmediatez necesaria para garantizar el cumplimiento del derecho a la información de la comunidad".

Se incluirá en este concepto los bloques informativos electorales que, en cumplimiento de los principios de neutralidad informativa y proporcionalidad, sean exigibles en aplicación de la Ley Electoral General, a los medios de comunicación de titularidad estatal.

También se consideran esenciales, la programación y difusión en TVE, RNE y en medios interactivos de las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público a que se refiere el artículo 27 de la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal.

EL PERSONAL MÍNIMO

Por su parte, el 15 por ciento de personal mínimo se establece atendiendo a los días concretos en que el derecho de huelga se va a ejercitar y que coinciden en el tiempo con el inicio y cierre de campaña electoral en los que son necesarios garantizar el cumplimiento de las obligaciones exigibles en la legislación electoral.

Dicho porcentaje se mantendrá tanto para los paros parciales de los días 21 y 22 de febrero como para el paro total previsto para el día 7 de marzo por cuanto en ambos días afectan a la totalidad de los servicios de informativos, con excepción de Radio 5, Todo noticias cuya programación se verá totalmente afectada el día 7 de marzo de 2008.

Según el decreto de servicios mínimos, dicha medida se justifica en que en dichos centros territoriales la programación en desconexión se limita a los informativos regionales, habiéndose ajustado su plantilla estrictamente a la producción y emisión de dichos programas, por lo que el personal mínimo que se designe respectivamente por el Administrador Único de TVE y RNE, deberá garantizar el servicio esencial al que se refiere el artículo 2, atendiendo a la estructura concreta de cada centro territorial.

Igualmente, deberá tenerse en cuenta la situación especial de los Centros Territoriales de TVE, S.A. y RNE, S.A. en la Comunidad Autónoma de Andalucía consecuencia de la celebración de elecciones autonómicas al Parlamento Andaluz.

El porcentaje establecido será igualmente de aplicación a la Dirección de Contenidos y Programas de TVE, S.A. y de RNE, S.A. respectivamente, para garantizar la programación en directo de programas informativos-entretenimiento, exclusivamente en lo que a la parte de información se refiere. Para calcular dicho porcentaje se tendrá en cuenta las plantillas adscritas a las direcciones enunciadas.

No se establecerán servicios mínimos, al no afectar la huelga a servicios esenciales, en el Ente Público RTVE, en liquidación, en Producción y Contenidos Audiovisuales, S.A., ni en el Centro territorial de Sant Cugat (Barcelona) este último en cuanto a la programación no informativa se refiere. Tampoco se establecerá personal mínimo en Radio 3 y en Radio Clásica.