El Gobierno publica las normas de actuación de los agentes de Investigación militar de EEUU en territorio español

Actualizado: lunes, 16 julio 2007 17:07

La representación norteamericana deberá informar a su homóloga española del nombre, cargo, unidad y objeto de sus investigaciones

MADRID, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha hecho público el acuerdo por el que se establecen las normas reguladoras de la actuación en territorio español de los agentes del Servicio de Investigación Criminal Naval (NCIS) y de la Oficina de Investigaciones Especiales (OSI) de la Fuerza Aérea estadounidense.

El texto rubricado por España y Estados Unidos, publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recogido por Europa Press, entró en vigor el pasado 24 de abril y desarrolla el artículo 17.6 del Convenio bilateral de Cooperación para la Defensa con la incorporación de las normas de actuación acordadas por ambas administraciones y que estaban pendientes de aprobación desde la entrada en vigor de ese artículo.

El artículo 17.6 contempla que los servicios de investigación militares estadounidenses puedan mantener personal en España para actuar en conjunción con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y los Servicios de Inteligencia españoles en asuntos de interés mutuo y desarrollar investigaciones criminales que afecten a personal o bienes de Estados Unidos.

Con la entrada en vigor del marco regulador, los agentes del NCIS y de la OSI deberán cumplir una serie de protocolos de actuación para poder desarrollar su trabajo en España. Entre otras condiciones, la Sección Norteamericana del Comité Permanente Hispano Norteamericano (CPHN) debe informar a la Sección Española del CPHN "con la anticipación suficiente" del nombre, cargo y unidad a la que pertenecen los miembros del NCIS y de la OSI que, "tanto con carácter permanente como temporal", "puedan llevar a cabo o planeen llevar a cabo actividades en España".

"Este personal no podrá realizar actividades sin la debida identificación concedida por la Sección Española del CPHN. Durante sus actuaciones en territorio español, el personal del NCIS y de la OSI deberá presentar previamente su identificación a la Autoridad española con la que actúe en conjunción o a sus agentes", según el texto legal.

Los agentes militares norteamericanos realizarán sus pesquisas "en conjunción con sus homólogos españoles" y la sección española del Comité Permanente Hispano-Norteamericano les facilitará, "cuando sea necesario", la coordinación con las autoridades españolas, "a través de los correspondientes puntos de contacto".

Los investigadores militares de Estados Unidos deberán informar previamente a la Sección Española del CPHN de todas las actividades previstas en el marco de su investigación. "La Sección Española del CPHN podrá solicitar a los Estados Unidos que se abstengan de llevar a cabo una actuación concreta. Los Estados Unidos se adaptarán a dicha petición", señala el acuerdo administrativo.

La representación estadounidense en el comité bilateral deberá dar cuenta a su homóloga española de "la naturaleza de los hechos que pretendan esclarecer, las personas implicadas y los lugares de actuación previstos" y "si a raíz de las citadas investigaciones criminales se constataran indicios de la comisión de algún delito, las autoridades españolas pondrán los hechos en conocimiento de la Autoridad Judicial Española, esperando instrucciones para continuar con sus investigaciones".

Por último, la sección norteamericana remitirá a la española cada trimestre un informe detallando las actividades llevadas a cabo, las autoridades y los organismos españoles con quienes hayan contactado el NCIS o la OSI, así como el estado de las investigaciones que se estén realizando y, en su caso, la fecha estimada para la conclusión de dichas indagaciones.