BILBAO, 31 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Dirección de Consumo y Seguridad Industrial del Gobierno Vasco ha abierto a lo largo de este año un total de 34 expedientes sancionadores por incumplimiento de la Ley de Garantías. Los expedientes contemplan multas que van desde 1.500 a 3.000 euros, dependiendo del valor del aparato que presenta problemas y del tamaño de la empresa que haya cometido la infracción. En cuanto a las reclamaciones, están relacionadas, en la mayoría de los casos, con receptores de telefonía móvil, aparatos electrónicos, electrodomésticos y artículos de informática.
Según informó en un comunicado el Ejecutivo autónomo, hasta ahora, éste es el grupo más importante de expedientes sancionadores de consumo abiertos de forma simultánea por una causa común: no respetar el periodo de garantía mínima de dos años que la Ley establece para todos los productos de naturaleza duradera. "Estas medidas sancionadoras se han hecho necesarias para poner fin a una práctica muy habitual que vulnera la normativa vigente y los derechos que tienen reconocidos las personas consumidoras y usuarias", indicaron las mismas fuentes.
Respecto a las actividades más reclamadas, los últimos años, las telecomunicaciones han encabezado el ranking. Así, durante el pasado año, a través de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, se recibieron 4.314 reclamaciones relacionadas con este sector. El motivo principal, en un 22% de los casos, tuvo que ver con un incumplimiento en materia de garantías.
Asimismo, más de la mitad de los 34 expedientes sancionadores abiertos por incumplimiento de la Ley de Garantías se refirieron a desacuerdos surgidos tras sufrir una avería en un terminal de telefonía móvil. En concreto, "muchas personas", según el Gobierno vasco, "reclaman por reparaciones continuas que no acaban con los problemas, alegaciones por parte de los establecimientos sobre mal uso de los aparatos para evitar su responsabilidad y garantías inferiores a dos años en tarjetas, baterías o accesorios del terminal, que en todo caso quedan también amparados por la Ley de Garantías".
Además, muchas de las reclamaciones relacionadas con algunas de las actividades que más desavenencias provocan, como la venta y reparación de electrodomésticos, aparatos electrónicos, de informática, audiovisuales, vehículos o vivienda, estuvieron relacionadas directamente con la falta de respuesta de los establecimientos ante la avería de un artículo que se encuentra en garantía. En total, durante el pasado año se recibieron cerca de 2.900 reclamaciones por este motivo, lo que le convirtió en el segundo del ranking, únicamente por detrás de los desacuerdos por los servicios de telefonía (tarifas, altas y bajas de operadoras, facturaciones, etc.).
GARANTÍA DURANTE DOS AÑOS
De acuerdo a la Ley de Garantías, todos los productos de naturaleza duradera tienen una garantía mínima de dos años. Durante ese periodo, las averías o desperfectos que aparezcan deben solucionarse sin coste alguno de mano de obra, piezas, envío o desplazamientos. En ese plazo de tiempo, es el vendedor quien debe responder ante la persona que adquirió el artículo por los posibles defectos y no puede derivar la responsabilidad en el fabricante del producto.
"En muchas ocasiones, el motivo de la reclamación es que en el establecimiento se niegan a recoger un artículo averiado cuando han pasado seis meses desde su compra, periodo en el que se presupone que el defecto es de fabricación. En estos casos, hay que recordar que cualquier garantía inferior a dos años es ilegal y, durante este tiempo, el vendedor está obligado a recoger el aparato averiado. Si alega que el desperfecto se debe a un uso incorrecto, deberá demostrarlo mediante un informe técnico. De esta forma, se evitará que se exima de su responsabilidad amparándose en una utilización indebida no justificada", recomienda el Ejecutivo autónomo.
Asimismo, la Dirección de Consumo y Seguridad Industrial del Gobierno Vasco ha comprobado también que, a través de algunas páginas Web de venta de artículos, se ofrecen menos de dos años de arreglos gratuitos, lo mismo que en algunos de los documentos de garantía que se entregan con la compra de un producto. Estas cláusulas son nulas y, en caso de tener un problema durante el periodo que contempla la ley, no podrán ser aplicadas.
También es importante recordar que no pueden condicionar la garantía a la existencia de un documento sellado (el ticket de compra es suficiente) ni a la falta del embalaje original.