MADRID 28 Ene. (EUROPA PRESS) -
El PSOE ha acordado con Junts tramitar la proposición no de ley del partido que lidera Carles Puigemont que insta al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a someterse a una cuestión de confianza, como parte de un acuerdo global para salvar parte de las medidas incluidas en el decreto ómnibus, entre la cuales la revaloración de las pensiones, mantener las bonificaciones para el transporte público y las ayudas relativas a la Dana.
Pero...
¿QUÉ ES UNA CUESTIÓN DE CONFIANZA?
La cuestión de confianza es un recurso que el presidente del Gobierno puede emplear para comprobar si cuenta con el apoyo suficiente de la mayoría parlamentaria para seguir al frente del Ejecutivo. Según el artículo 112 de la Constitución, esta herramienta permite al presidente someter a votación en el Congreso un programa o una declaración de política general, previa deliberación en el Consejo de Ministros.
¿QUE SE TRAMITE LA CUESTIÓN DE CONFIANZA SIGNIFICA QUE SE VOTE?
No. Durante su intervención en rueda de prensa este martes tras el Consejo de Ministros, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha asegurado que "no ve necesidad" de someterse a la cuestión de confianza que reclama Junts, pese a lo pactado con este partido.
"Efectivamente, es una prerrogativa constitucional de la Presidencia del Gobierno, previa a la deliberación del Consejo de Ministros. Y ya le adelanto que el Gobierno no ve necesidad de hacerlo", ha indicado Sánchez en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.
Ha sido luego, en una segunda pregunta teniendo en cuenta la negativa hasta ahora del Gobierno y el PSOE a que el Congreso aceptara la tramitación de la proposición no de ley sobre la cuestión de confianza, lo que ha llevado a Sánchez a precisar que "el Gobierno no ve necesidad" que las Cortes lleguen a votarlo, más allá de lo que pueda decir la Mesa de la Cámara Baja en primera instancia.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE UNA CUESTIÓN DE CONFIANZA?
El procedimiento se asemeja a un Debate de Investidura, aunque con cambios significativos. Corresponde al presidente del Gobierno presentar ante el Congreso la cuestión de confianza, previa deliberación del Consejo de Ministros.
Una vez presentada la solicitud, la Junta de Portavoces del Congreso fija una fecha para el pleno, donde se debate la cuestión planteada. La votación, que se realiza públicamente y por llamamiento, requiere mayoría simple (más votos a favor que en contra) para que el presidente obtenga la confianza de la Cámara y tiene que realizarse antes de que pasen 24 horas.
En este sentido, la iniciativa de Junts no tiene precedentes, al no haberse registrado nunca en el pasado ninguna iniciativa en la que se inste al Gobierno a presentar una cuestión de confianza.
¿CUÁL ES EL ESTADO DE LA CUESTIÓN DE CONFIANZA DE JUNTS?
Los de Carles Puigdemont registraron su proposición no de ley el pasado 9 de diciembre y los servicios jurídicos del Congreso no pusieron obstáculos a su tramitación, pero cuando la Mesa estudió por primera vez la iniciativa, el 17 de diciembre, la decisión se dejó en el aire.
El pasado 16 de enero la Mesa del Congreso, gracias a la mayoría del PSOE y Sumar, volvió a retrasar su decisión sobre la admisión o no a trámite de la proposición no de ley de Junts.
¿QUÉ IMPLICA LA CUESTIÓN DE CONFIANZA DE JUNTS?
En su informe, los letrados del Congreso subrayaron que al tratarse de una proposición no de ley, la iniciativa de Junts carece de efectos jurídicos y no obliga al Gobierno a cumplirla en caso de aprobarse. Además, insistían en que, conforme a la Constitución, la cuestión de confianza es una prerrogativa exclusiva del presidente del Gobierno.
Así, apuntaban a cuatro opciones: dar trámite a la iniciativa tal y como está, que propia la Mesa incluya una apostilla para dejar claro que no tendrá efectos jurídicos, solicitar a Junts que la reformule para hacer constar esa falta de consecuencias jurídicas, o directamente no admitirla a trámite vetando así su debate.