De Juana.- APM pide que no sea "desacreditada" la decisión del TS, adoptada con criterios "exclusivamente jurídicos"

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 13 febrero 2007 12:52

BILBAO 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV, Antonio García, afirmó hoy no albergar "ninguna duda" de que la resolución del Tribunal Supremo sobre Iñaki De Juana se ha adoptado con criterios "exclusivamente jurídicos" y añadió que hay que "respetar y acatar" esta decisión "en términos reales". En este sentido, esperó que la resolución no sea "desacreditada", aunque reconoció que puede haber provocado "cierta perplejidad" en los ciudadanos.

En declaraciones a Europa Press, el magistrado se refirió de esta manera a la decisión adoptada ayer por el TS de rebajar la pena del preso de ETA a tres años de cárcel e indicó que, "en términos jurídicos, quien se tiene que pronunciar y decir la última palabra lo ha hecho".

De esta manera, señaló que "el TS se ha pronunciado, esa resolución ya no es susceptible de ser recurrida y, como con cualquier otra resolución judicial, lo que procede a partir de ahora es respetarla y acatarla y no en términos retóricos, sino en términos reales o de fondo".

En este sentido, afirmó no tener "ninguna duda" de que el Tribunal Supremo ha adoptado su decisión "en base a criterios exclusivamente jurídicos y, además, evidentemente por una sala que se ha constituido en pleno y que está compuesta por magistrados con una reconocida y reputadísima trayectoria jurídica y con pedigrí jurídico incuestionable".

"PERPLEJIDAD Y ESTUPEFACCIÓN"

No obstante, reconoció que la resolución ha podido provocar en la ciudadanía "cierta perplejidad, estupefacción" por los "vaivenes que a lo largo de todo este asunto se han producido". En cualquier caso, señaló que "eso ni quita ni pone para calificar o pensar que la resolución esté basada o fundamentada en razones extrajurídicas o extralegales, circunstancia que nosotros, por supuesto, negamos categóricamente en este como en cualquier otro caso".

En consecuencia, dijo esperar que la resolución no sea "desacreditada" o "denigrada" porque, según reiteró, las resoluciones de los tribunales "no deben ser alabadas o aplaudidas" ni tampoco "deslegitimadas o desacreditadas".

García señaló que el TS ha considerado que "la calificación de los hechos era otra" que la que realizó la AN y, "con normalidad dentro de lo que es un sistema legal basado en la posibilidad de corrección por los órganos jurisdiccionales superiores de las resoluciones que emanan de los órganos judiciales superiores, lo que se ha venido a producir es eso: la revocación y corrección de una resolución en base a la aplicación de un diferente criterio".

A su entender, "lo que sí que está claro es que la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo no han coincidido a la hora de calificar los hechos, y la última palabra la tiene el tribunal jerárquicamente superior, en este caso el más alto tribunal del Estado, que es el TS".

Asimismo, recordó que, "salvo que en su momento pudiera plantearse algún tipo de recurso ante el juez de vigilancia penitenciaria en función del ejercicio de las facultades que tiene atribuida la Administración penitenciaria, el papel de los jueces se ha terminado".

Por tanto, añadió, "ahora quien puede tomar decisiones en cuanto a la situación penitenciaria de De Juana Chaos es la Administración penitenciaria, que es quien tiene atribuidas esas facultades y nada más. Ella será la que tiene que decidir qué tiene que ocurrir a partir de ese momento".

HUELGA DE HAMBRE

Finalmente, se mostró convencido de que la huelga de hambre que mantiene el preso haya tenido "ningún tipo de influencia, ni que haya determinado o condicionado en mínima medida la resolución adoptada por el Tribunal Supremo".

"El TS lo único que ha hecho es analizar y examinar unos hechos y calificarlos penalmente. Ha entendido, a diferencia de la AN, que este señor no había incurrido en unas amenazas terroristas, sino en unas amenazas comunes en concurso con un delito de enaltecimiento terrorista y ha aplicado e impuesto la pena legalmente establecida para ambas conductas. Eso es lo que hay, ahora, desde luego, en esta tarea la huelga de hambre de De Juana Chaos no ha tenido ningún tipo de influencia", insistió.

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