Junta Electoral dice que no se puede votar con 'el DNI vasco' al no ser documento oficial y, por tanto, "no ser legal"

Actualizado: martes, 22 mayo 2007 13:37

BILBAO, 22 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central recuerda que el denominado 'carnet vasco' no es un documento oficial y "no es legal", por lo que los electores no pueden ir a votar con él en las próximas elecciones municipales y forales que se celebrarán el día 27 en Euskadi, según informaron a Europa Press fuentes del órgano electoral.

Precisamente, ayer ANV pidió en una comparecencia ante los medios de comunicación en Bilbao que los ciudadanos voten a su formación mediante la utilización del EHNA en los próximos comicios.

Por su parte, la Junta Electoral Central se ha remitido al acuerdo que emitió en marzo de 2005, con motivo de las elecciones al Parlamento vasco, en el que se afirma que "el coloquialmente denominado Documento Nacional de Identidad Vasco no es documento válido para acreditar la identidad de su titular".

Por ello, asegura que "no puede ser utilizado por los electores como documento de identificación en el momento de emitir el voto y no puede ser utilizado por persona alguna como documento de identificación para la realización de estos actos relacionados con el proceso electoral, cualquiera que sea la naturaleza del mencionado acto".

También en marzo de 2001, tras las consultas que se le realizaron por parte de las Juntas Electorales de Euskadi, la Central hizo público un acuerdo en el que señalaba que, "en función de lo previsto en el artículo 105.1 de la Ley Electoral del País Vasco, coincidente en este particular con el 85.1 de la LOREG, los documentos oficiales identificativos del elector son el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir en el que aparezca la fotografía del titular, todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 85.4 de la LOREG y criterios interpretativos del mismo fijados por esta Junta Electoral Central".