La Junta Electoral establece un límite máximo de un apoderado por cada cinco mesas electorales en las elecciones

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Archivo - Imagen de recurso de una mesa electoral - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
Europa Press Nacional
Publicado: jueves, 29 abril 2021 15:02


MADRID, 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Provincial ha acordado establecer un límite máximo de un apoderado por cada cinco mesas electorales en la votación de la jornada electoral del próximo 4 de mayo en la Comunidad de Madrid.

Así lo fija en un acuerdo, al que tuvo acceso Europa Press, al no existir una decisión al respecto tras consultar a los representantes de las candidaturas que concurren a los comicios y conforme a las directrices sanitarias del Manual de Instrucciones para personas que integran las Mesas Electorales.

En relación con los interventores electorales, los magistrados recomiendan que durante las votaciones "únicamente asista uno de ellos en cada momento en la mesa, pudiendo sustituirse a lo largo de la jornada".

Respecto a los apoderados nombrados por los partidos, establece un límite máximo de uno por cada cinco meses electorales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Régimen General Electoral.

Agrega la Junta Electoral Provincial en su resolución que en lo que se refiere al escrutinio en las Mesas "únicamente podrá asistir un apoderado de cada formación política".

En otro de los acuerdos emitidos, al que tuvo acceso Europa Press, la Junta señala que todas las personas que hayan sido elegidas como suplentes de alguna mesa electoral deberán permanecer el día de las elecciones en el colegio electoral, "pudiendo ser designados para constituir una Mesa Electoral distinta a la que inicialmente se le asignó".

En el caso de que esto ocurra, estos electores deberán de ejercer su derecho al voto en la Mesa en al que estén inscritos y podrán hacerlo al comienzo de la votación o en algún momento posterior, "siempre que la Mesa de la que forman parte mantenga a sus vocales".

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