Justicia avisa a los notarios: no pueden cerrar sus despachos al tener carácter de oficina pública

Publicado: domingo, 15 marzo 2020 21:50

Dicta una instrucción para garantizar la adecuada prestación del servicio

MADRID, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en coordinación con el Consejo General del Notariado, ha dictado este domingo una Instrucción sobre la adopción de medidas que garanticen la adecuada prestación del servicio público notaria.

Se recuerda a los notarios que no pueden cerrar sus despachos pese a la actual situación de pandemia por coronavirus, al tener carácter de oficina pública. No obstante, sólo se atenderán actuaciones urgentes "y las que determine el Gobierno".

En la Instrucción se expone que los notarios prestan un servicio público de interés general que ha de quedar garantizado en todo el territorio nacional. Así, excepto supuestos de enfermedad y los establecidos en la legislación notarial, el notario no puede cerrar el despacho, según informa nota difundida este domingo por el Consejo del Notariado.

No obstante, se insiste en que dadas las restricciones a la libertad deambulatoria establecidas en el Real Decreto por el que se declara el Estado de Alarma solo será obligatorio atender aquellas actuaciones de carácter urgente, así como las que determine el Gobierno, y los notarios se abstendrán de citar para actuaciones que no revistan dicho carácter.

En consecuencia, la oficina notarial deberá procurar un teléfono de contacto, así como un correo electrónico para atender tales actuaciones, unos medios están publicados en la página web www.notariado.org

En todo caso, el interesado que considere urgente una actuación notarial deberá contactar por teléfono o en lo posible presentar telemáticamente un escrito en la citada página web en el que deberá indicar sus datos de identificación, incluido teléfono, así como la actuación notarial demandada.

Si la actuación requerida por el interesado fuera urgente, la prestación del servicio público notarial se sujetará a determinadas medidas, como la de no permitir el acceso a la notaría a nadie distinto del propio interesado y conforme a la legislación notarial otros intervinientes como intérpretes o testigos.

ACUDIR AL NOTARIO CON AUTOPROTECCIÓN

Además, actuación notarial se desarrollará exclusivamente en la oficina notarial y se extenderá al tiempo imprescindible; mientras que el interesado que acuda a la notaría lo hará en el día y hora indicado por el notario, para lo que deberá acudir a la misma con aquellos medios de autoprotección que garanticen la seguridad sanitaria.

Una vez en la notaría, tanto el personal de la oficina pública notarial, como el notario adoptarán las medidas de separación y alejamiento físico recomendadas por las autoridades.

La Instrucción añade que para garantizar la prestación del servicio público notarial, el notario establecerá en su notaría, de ser ello posible atendido el número de empleados, turnos para esto, de conformidad con la legislación labora.

"El notario facilitará, a tal efecto, a sus empleados un documento a modo salvoconducto que les pueda permita justificar que acuden a su puesto de trabajo", añade la resolución.

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