Parot.- La Audiencia Nacional aplicó la doctrina a 87 presos etarras entre 2006 y 2011

El TC amparó en marzo a tres etarras al considerar que su mantenimiento en prisión era "inconstitucional"

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 10 julio 2012 15:58

MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional aplicó la 'doctrina Parot', por la que España ha sido condenada este martes por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), a un total de 87 presos de la banda terrorista ETA entre los años 2006 y 2011, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Además de Inés Del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, entre ellos el que causó la muerte a 12 policías en la plaza de la República Dominicana de Madrid en 1986, la 'doctrina Parot' se ha aplicado a algunos de los presos más duros de la banda que cometieron sus crímenes antes de la aprobación del Código Penal de 1995.

Entre los presos de ETA que se encuentran en prisión por la aplicación de esta doctrina se encuentran etarras considerados 'duros' dentro de la banda como José Antonio López Ruiz, 'Kubati', que cumple condena en Cádiz; o Domingo Troitiño, condenado a 794 años de cárcel por ser autor del atentado contra el Hipercor de Barcelona en 1987, que causó 21 muertes y 45 heridos, que está recluido en la prisión de Huelva.

El primer etarra al que se aplicó la doctrina fue el francés Henri Parot, autor del atentado contra la casa-cuartel de Zaragoza que mató a 11 personas, cuatro de ellas niños. En cárceles de Andalucía también cumplen su condena etarras como Inmaculada Noble Goikoetxea y Juan Manuel Piriz López (Algeciras), Maritxu Uzkudun Etxenagusia (Granada), Juan Carlos Arruti Azpitarte (Córdoba) e Ignacio Erro Zazu (Almería).

TRES AMPAROS EN EL TC

El pasado 29 de marzo, el Tribunal Constitucional acordó anular la amplicación de la 'doctrina Parot' a un total de tres de presos de ETA, al considerar que en estos casos su mantenimiento actual en prisión era inconstitucional. Del resto de recursos vistos por el Pleno, que sumaban un total de 28, la gran mayoría de internos de la banda, otros tres fueron inadmitidos a trámite y el resto fueron rechazados.

Los recursos estimados, por unanimidad de los once magistrados que componían el TC, fueron los de José Ignacio Gaztañaga, que fue uno de los primeros presos a los que se aplicó la doctrina, hace seis años, Juan María Igarataundi y José María Pérez Díaz.

El Pleno del TC estudió una treintena del total de 62 recursos que fueron admitidos a trámite contra la aplicación de esta 'doctrina', instaurada por el Tribunal Supremo desde 2006 y que establece que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado debe realizarse sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.

Además, el pasado 1 de junio el Constitucional confirmó la aplicación de la doctrina al arrepentido de ETA Luis María Lizarralde Izaguirre, uno de los presos de la denominada 'vía Nanclares' que se han desvinculado de la violencia de la banda terrorista.

Igualmente, rechazó los recursos presentados contra la aplicación de esta norma por los etarras Ignacio Arakama Mendía, alias 'Macario, y Pello Jorge Etxeberria Lete.

Contenido patrocinado