BILBAO, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan 8 años de prisión para cada uno de los cuatro acusados que se sientan hoy en el banquillo del Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en el primer caso por acoso inmobiliario que se juzga en Euskadi.
Los procesados son el dueño de un piso ubicado en un palacete de lujo del barrio getxotarra de Neguri, conocido como la casa Tangora, y el matrimonio de etnia gitana y su hijo a los que alquiló la vivienda por la cantidad simbólica de un euro. Por momentos, el inmueble, de unos 400 metros, fue ocupado por una treintena de personas. A los acusados se les imputa un delito contra la integridad moral, y varios más por destrozos, robo, amenazas y allanamiento de morada.
Antes de iniciarse el juicio, el abogado de la acusación, Ignacio Imaz, relató que el adquiriente de la vivienda, J.J.R., "al fastidiarles la operación inmobiliaria, metió a una familia de etnia gitana con la intención de que hicieran todo tipo de perrerías y consiguiera amilanar su voluntad con el fin de que acabara vendiéndole el piso y poder hacer él la operación inmobiliaria que tenía en curso".
Por su parte, el acusado declaró que "lo del mobbing inmobiliario es totalmente falso". "Quien se dedica precisamente a reparar viviendas viejas y venderlas es precisamente la otra parte, la que denuncia. Lo que tienen que hacer es investigar quién es el que hace el moobing inmobiliario, si yo o la otra parte que se dedica a hacer reformas en casas de ese tipo", incidió.
Según sus palabras, alojó a los otros acusados en la vivienda de su propiedad porque no tenían recursos y estaban en la calle. "Esa señora estaba no se si con quince niños, porque tiene cuatro o cinco hijas, y ella era la que los cuidada, porque los yernos o estaban detenidos o fuera. Y entonces me daba pena de que hubiera quince niños en la calle", sentenció.
El encausado desmintió que los ocupantes de su piso cometieran destrozos en la vivienda para hacer "moobing" a otros inquilinos. En este sentido, restó importancia a que los niños "hayan tirado algo por la ventana". "Pues bueno creo que todos los niños hacer este tipo de cosas...ahí mucho trasfondo y mucha mentira montada sobre esa vivienda", aclaró.
Además, alegó que compró la vivienda para sus hijos y que alquiló la vivienda con la condición de que la desalojaran cuando ésta se pudiera arreglar, una vez solucionados los problemas de venta por herencia a las que estaba sujeta.
RELATO DE LOS HECHOS
La Casa Tangora es un edificio de cinco alturas, dividida en tres inmuebles, dos dúplex y un piso entre los dos. El inmueble se convirtió en una herencia a repartir, por lo que uno de los acusados J.J.R., hostelero en el vecino pueblo de Erandio, adquirió el piso con opción de compra del dúplex de la primera planta, en el que vivía una familia en alquiler.
El otro inmueble de la casa estaba vacío ya que su dueña reside en Madrid y, al parecer, el empresario también tenía intención de comprarlo y hacerse de ese modo con todo el edificio.
Pero la operación le salió mal al hostelero, puesto que cuando el dúplex que estaba alquilado se puso en venta, el inquilino que residía desde hacía lustros en él ejerció su derecho de compra. El acusado le hizo una oferta económica, que éste rechazó. Entonces fue cuando el hostelero cedió el piso a una familia de etnia gitana que vivía en la calle, en una furgoneta aparcada en Erandio, arrendándoselo por un euro.
Según estimaciones, el precio de alquiler del piso hubiese superado los 1.500 euros, ya que tiene más de 400 metros cuadrados, diez habitaciones, cuatro baños, varias salas y una cocina.
LLEGARON A RESIDIR MAS DE UNA TREINTENA DE PERSONAS
Rafael B., su mujer Dolores E., su hijo Arturo B. E. y una cantidad ingente de familiares se instalaron en el lujoso palacete el 30 de julio de 2003. En algunos momentos, en el piso llegaron a residir más de una treintena de personas, entre hombres, mujeres y niños.
Según explicó el matrimonio que residía debajo de este inmueble, ese mismo día aparecieron las primeras goteras en su casa. En seis meses, presentaron más de cuarenta denuncias ante un juzgado de Getxo y la Ertzaintza contra el dueño del piso de arriba y sus inquilinos por las continuas inundaciones que sufrían, los destrozos en el edificio, amenazas y allanamiento de morada.
El interior de la casa, paredes, suelos, azulejos, muebles y electrodomésticos quedaron destrozados por efecto de las inundaciones, en ocasiones de aguas fecales, que duraban semanas. En una ocasión, los coches de este vecino que rechazó vender su casa aparecieron rayados y las cerraduras embadurnadas de excrementos.
La víctima denunció que se veían obligados a soportar ruidos y música hasta altas horas de la madrugada y que recogía a diario las basuras que arrojaban los acusados a su jardín desde la ventana. Incluso el último piso del palacete, que estaba vacío, sufrió un robo. La Policía encontró en casa del clan gitano muchos de los objetos sustraídos.
En agosto de 2004 un juzgado de Getxo dictó medidas cautelares contra los acusados de acoso. Ordenó el desalojo de los inquilinos y su expulsión del municipio y les impidió acercarse a 500 metros del palacete de Neguri.
Las decisiones del juzgado de Getxo están consideradas como las primeras en España en las que se que reconocen este tipo de coacciones, y también la primera victoria legal en un caso de acoso inmobiliario al ordenar un juez el desalojo de los presuntos acosadores.