PAMPLONA 2 Nov. (EUROPA PRESS) -
El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Aoiz ha dado por concluida la instrucción del denominado 'caso Galipienzo'. Considera que existen indicios de delito contra la administración pública supuestamente cometidos por diez imputados y da un plazo de 10 días al fiscal y a las acusaciones particulares para que presenten sus escritos de acusación y soliciten la apertura del juicio oral o el sobreseimiento.
Al ex alcalde del valle de Egüés, Ignacio Galipienzo, se le imputa un delito de cohecho y seis delitos de prevaricación. Como se recordará, el caso está relacionado con el cambio de uso de una parcela destinada a uso escolar de Gorraiz, S.2.2., a uso residencial. Según el auto, existen indicios de que Galipienzo recibió comisiones (bien en dinero efectivo o en otra especie, por ejemplo, inmuebles a precio inferior de mercado) de Construcciones Flores para favorecer la venta.
Según un auto anterior, Galipienzo cobró 140.000 euros por la compra-venta y por dar licencia para el aparthotel, a través de las sociedades interpuestas RMA y EGDU. Ahora se dice que utilizó para conseguir el objetivo medios, "lícitos o ilícitos", que podía tener en virtud del ejercicio de su cargo de alcalde.
El 4 de octubre Castillo de Gorraiz (Construcciones Flores) vendió la parcela a Salud Laboral 3000, una de las propietarias de GEA, por 5,4 millones de euros, y ese mismo día, en una notaría distinta, esta empresa vendió a Apartamentos Gorraiz, también de GEA, la misma parcela por 6,4 millones de euros.
Según el auto, la mercantil Flores consintió la pérdida que suponía vender indirectamente y no directamente a Apartamentos Gorraiz - 1.030.782,7 euros- para que de tal cantidad salieran las cantidades que se correspondían con las comisiones. "Todo ello, en connivencia o de común acuerdo, con GEA", se apunta.
SEIS RESOLUCIONES ARBITRARIAS
El auto indica que el alcalde Galipienzo pudo dictar al menos seis resoluciones "arbitrarias", "a sabiendas de su injusticia". Cita el nombramiento de Nuria Alas Brun como arquitecta municipal en perjuicio de otra, despedida en 2000. Según el juez, existen indicios de que esta actuación está "íntimamente relacionada" con el presunto cohecho, ya que pretendía de la finalmente nombrada que hiciera informes favorables a la venta.
Otras resoluciones "arbitrarias" son las concesiones, sin publicidad previa a otros posibles licitadores, a empresas del grupo CIN, adquirido e integrado en GEA, empresa que según la instrucción participó en el traslado de comisiones e intermedió en el traslado de la propiedad de la S.2.2. a cambio de verse "favorecidas" en las resoluciones del alcalde. Según el auto, consiguieron "un trato de favor".
RESTO DE IMPUTADOS
También se imputan posibles delitos de cohecho, en calidad de colaboradores necesarios, autores o cómplices, a su esposa Eva Iglesias García (cómplice), Concepción Flores (autora), José Javier Irribaren Udobro (cooperador necesario), Oscar Pérez Rodríguez (autor), Luis Galo Barahona y Emilio Izquierdo Jiménez (cooperadores necesarios), José Luis Ruiz Bartolomé (autor o cooperador necesario). También se imputa un delito de cohecho como cooperadores necesarios a la arquitecta municipal Nuria Alas Brun y al asesor municipal Jesús Marco del Rincón.
El auto expone que Eva Iglesias, esposa de Galipienzo, conocía del pago de las comisiones, también porque era dueña de la sociedad EGDU, creada para el tránsito de los pagos desde Flores.
De Concepción Flores, propietaria de Construcciones Flores (absorbente de Castillo de Gorraiz), salió o se favoreció el pago a Galipienzo. José Javier Irribaren, consejero y asesor legal de Construcciones Flores, cooperó en la venta.
Según el auto, varios cargos del Grupo Empresarial Aricam (GEA) conocían las circunstancias del presunto cohecho. Oscar Pérez Rodríguez, director financiero del Grupo Empresarial Aricam (GEA), fue el encargado de continuar la cadena de ingresos para hacer llegar la comisión a Galipienzo. Luis Galo Barahona, director general, firmó un contrato de servicios inexistentes con RMA Urbana para justificar el pago. Y Emilio Izquierdo, consejero delegado de GEA que mantenía una relación directa con Galipienzo, firmó en octubre de 2003 la rescisión de aquel contrato, "que antedatado por razones de auditoria, pretendía justificar los pagos de GEA a RMA cuando ya el caso era eco de la opinión pública".
José Luis Ruiz Bartolomé, dueño de RMA, socio y amigo de Galipienzo, favoreció el cobro de comisiones del ex alcalde a través de RMA como sociedad interpuesta, simulando una prestación de servicios "inexistente" a GEA. También figura como imputado Raimundo Cid López, administrador de EGDU, propiedad de matrimonio Galipienzo-Iglesias.
Nuria Alas Brun era arquitecta municipal, "favorecida en su elección por injusta resolución del ex alcalde, y conociendo de las pretensiones", firmó para Aricam una respuesta vinculante favorable al apartahotel "pese a que contradecía la legislación urbanística que se encontraba vigente". Este documento también fue suscrito por Jesús Marco, asesor legal del Ayuntamiento e igualmente conocedor de la situación.
En el auto, notificado hoy y que puede ser recurrido. Concretamente, el documento ordena la tramitación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado, lo que constituye en la práctica la resolución por la que el juez da por concluida la instrucción.