El Gobierno de Navarra abre a aportaciones ciudadanas el Decreto Foral para crear un registro de grupos de interés

Archivo - Fachada del Palacio de Navarra.
Archivo - Fachada del Palacio de Navarra. - GOBIERNO DE NAVARRA - Archivo
Europa Press Navarra
Publicado: miércoles, 27 mayo 2026 12:49

PAMPLONA 27 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Presidencia e Igualdad, ha iniciado la elaboración del proyecto de Decreto Foral que regulará el registro público de los grupos de interés del territorio foral, conocidos popularmente como 'lobbies'. El plazo para recabar las aportaciones de la ciudadanía, entidades y organizaciones permanece abierto hasta el próximo 30 de junio a través del Portal de Gobierno Abierto de Navarra.

El futuro Decreto Foral desarrollará el Título IV de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y, en concreto, su artículo 47.3, que ordena la regulación reglamentaria de este registro. Precisamente, su impulso ya quedó recogido en el Plan Anual Normativo del Gobierno de Navarra para este año 2026, aprobado por Acuerdo del Ejecutivo Foral el pasado 30 de diciembre de 2025.

Además, esta regulación se enmarca en la reciente reforma aprobada por el Parlamento de Navarra el pasado 12 de marzo de la Ley Foral 3/2026, que modifica la norma anterior (Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo). Dicha modificación "blinda la transparencia y la integridad democrática", y atribuye a la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción (OANA) la dirección del Registro de grupos de interés, así como la colaboración en el desarrollo reglamentario del propio registro, su código de conducta y su sistema de gestión.

"La transparencia democrática no solo exige que las instituciones públicas actúen con publicidad y garantías en la toma de decisiones, sino también que aquellos grupos que traten de influir en esas decisiones lo hagan en base a unas reglas que sean claras, visibles y respetando unas pautas éticas de conducta que aseguren la legitimidad de su intervención", ha señalado el vicepresidente primero, consejero de Presidencia e Igualdad, Javier Remírez, en la rueda de prensa posterior a la Sesión de Gobierno.

En este sentido, el Decreto Foral establecerá el marco jurídico donde se regulará la organización y el funcionamiento del Registro, en el que se deberán inscribir los grupos de interés, definidos y regulados en el Título IV la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Entre otras cuestiones, la norma regulará la creación del Registro de Grupos de Interés; los criterios de clasificación de las personas y las organizaciones que deben inscribirse en él; los niveles de la información requerida a cada uno de los declarantes; el contenido detallado del código de conducta al que los grupos de interés han de someter su actividad de influencia; el procedimiento de inscripción, así como los de investigación y tramitación de las denuncias, además del régimen de denuncias y sanciones, incluyendo la suspensión y cancelación de las correspondientes inscripciones en el Registro.

El Registro de Grupos de Interés constituirá una herramienta de transparencia unida a la publicación de las agendas de los altos cargos de la administración de la Comunidad Foral de Navarra, agenda que ya es pública desde comienzos de esta legislatura. Una vez creado el registro, cualquier grupo de interés que quiera mantener reuniones con altos cargos de la Administración deberá estar inscrito previamente inscrito.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA

El artículo 133.1 de la Ley 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto reglamentario, se promoverá una consulta pública a través del Portal del Gobierno Abierto de Navarra, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Asimismo, la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno establece en su artículo 21.1.c) la obligación por parte de las Administraciones Públicas de Navarra de publicar las consultas públicas planteadas con carácter previo a la elaboración de anteproyectos de ley foral y proyectos reglamentarios.

La consulta previa que tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y organizaciones representativas que potencialmente pudieran verse afectadas por el nuevo decreto foral regulador del registro público de los grupos de interés de la Comunidad Foral de Navarra acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

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