El Gobierno promueve una ley con medidas para simplificar la tramitación administrativa de actividades económicas

Actualizado: lunes, 29 junio 2009 15:05

PAMPLONA, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra aprobó en su sesión de hoy el proyecto de Ley Foral de Medidas de Simplificación Administrativa, una norma marco para incentivar el desarrollo económico en la actual situación de crisis y que incluye disposiciones para el fomento de las actividades económicas, facilidades para el desarrollo de las mismas y pautas para avanzar hacia la reducción e incluso eliminación de trámites administrativos.

Entre algunas de las medidas que proyecta la ley, figura la posibilidad de declarar como "inversiones de interés foral" aquellos proyectos que tengan una especial relevancia para el desarrollo económico, social o territorial de Navarra, lo que conllevará un impulso preferente y urgente por parte de todas las Administraciones Públicas de la Comunidad foral. Los plazos ordinarios se reducirán a la mitad.

Además, se prevé la creación de una Oficina de Tramitación de Actividades Económicas, que funcionará como una 'ventanilla única' que centralizará los servicios de información, asesoramiento, tramitación unificada y, en algunos casos, resolución.

El consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, Javier Caballero, explicó en rueda de prensa que esta iniciativa se enmarca "dentro del contexto de crisis económica" y explicó que es "totalmente necesario hacer el máximo esfuerzo por facilitar la puesta en marcha de iniciativas empresariales y profesionales, para no poner trabas y los ciudadanos puedan promover actividades que generen riqueza y empleo".

Así, con este nuevo proyecto, el portal web del Gobierno de Navarra contará con páginas de servicios en línea a empresas - actualmente, los ciudadanos pueden tramitar 254 servicios sin necesidad de desplazarse a una oficina-. La ley foral también apuesta por el sistema telemático como medio de comunicación preferente con las empresas.

Igualmente, contempla la elaboración de listados que recojan los trámites y requisitos de cada procedimiento de puesta en marcha de una actividad, para que la ciudadanía, los colegios profesionales y las entidades implicadas estén debidamente informadas, protocolos que se publicarán y actualizarán en el Portal del Gobierno de Navarra. Nuevos instrumentos jurídicos.

SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

En cuanto a las medidas de simplificación administrativa, la Ley Foral encomienda expresamente a los departamentos que revisen los procedimientos de su competencia. Además, se analizarán las cargas administrativas que conllevan las disposiciones de carácter general antes de su aprobación, para reducir trabas innecesarias.

En este apartado de simplificación también se definen tres nuevos instrumentos jurídicos, entre ellos la declaración responsable y la comunicación previa, que permitirán iniciar la actividad empresarial o profesional correspondiente en un menor plazo, una vez entregados los documentos requeridos. El control de la Administración no será previo sino posterior, vía inspección.

Mediante la declaración responsable, la persona que pretenda poner en marcha una actividad podrá declarar bajo su responsabilidad que reúne todos los requisitos exigidos por la normativa. La comunicación previa añade al anterior la notificación a la Administración Pública de aspectos que puedan condicionar la actividad. El Gobierno de Navarra regulará en ambos casos los supuestos y actividades en los que estará permitida esta posibilidad.

Finalmente, también se regulan las licencias condicionadas, esto es, el Gobierno de Navarra y las entidades locales podrán incorporar cláusulas que eviten la denegación de licencias mediante la incorporación de condiciones (adaptar, completar o eliminar aspectos de un proyecto).

Por otro lado, el proyecto contempla una modificación de la Ley Foral 4/2005 de Intervención para la Protección Ambiental, para que los ayuntamientos y Gobierno puedan conceder licencias de obras mientras tramitan las de actividad, siempre y cuando sean para actividades clasificadas de baja incidencia medio ambiental, aunque la responsabilidad de las obras será de su promotor, ya que esta facilidad no condicionará el otorgamiento o denegación de la licencia de actividad ni la obligación de adaptar algunos proyectos.

A diferencia de la pauta actual, la falta de resolución y notificación en plazo significará que el proyecto no debe someterse a evaluación de impacto ambiental. Además, como norma general, antes de la obtención de la licencia de apertura, los interesados podrán obtener autorizaciones de enganche o ampliación de energía eléctrica, agua y demás autorizaciones. En todo caso, estarán condicionadas a la obtención de la licencia de apertura.

En otro orden de cosas, el proyecto promueve una mayor implicación de los colegios profesionales y otros organismos. Cabe recordar que recientemente, el Gobierno autorizó un convenio con cinco colegios para que visen toda la documentación técnica referente al ámbito de la protección contra incendios, de manera que la Administración no tenga que devolver los expedientes por fallos de forma o contenido. La Administración facilitará la presentación telemática de proyectos y visados.