Una de las comisiones del Parlamento de Navarra. - PARLAMENTO DE NAVARRA
PAMPLONA 2 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Mesa y Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra se han dado por enteradas este lunes del informe de los servicios jurídicos, ante un escrito presentado por UPN, que determina que "no existe laguna jurídica" en torno al segundo turno de intervención de los grupos en comisiones y que los miembros del Gobierno comparecientes pueden también intervenir en dicho turno.
En sus conclusiones, el informe desestima la pretensión de UPN de que fueran los grupos los que cerraran las intervenciones. Los servicios jurídicos entienden que "en el artículo 228 ni existe laguna jurídica (su rectificación exigiría una resolución supletoria de Presidencia, previo acuerdo de la Junta de Portavoces), ni de su redacción se suscitan cuestiones dudosas atribuibles a los debates (la interpretación correspondería a la Mesa, a instancia de cualquiera de sus miembros)", ha explicado el Parlamento en una nota.
Respecto a la cuestión de fondo, el informe deja patente que "no hay laguna jurídica", pues el cambio de redacción del artículo 228 de Reglamento de la Cámara, materializado a través de una enmienda in voce incorporada al dictamen que el pleno aprobó por mayoría absoluta, "propicia la posible intervención de los miembros del Gobierno para la contestación de las preguntas formuladas", también en las segundas rondas abiertas de manera "preceptiva" (para efectuar preguntas y/o observaciones) a petición de cualquier parlamentario de la comisión que corresponda.
Del mismo modo y en términos análogos, el informe deja sin efecto la pretensión de reinterpretar el sentido del artículo 228 a través del procedimiento previsto para las "cuestiones dudosas surgidas en los debates parlamentarios", ya que no cabe "modificar el sentido del nuevo Reglamento para innovar o contradecir el contenido reglamentario".
Así las cosas y tras rechazar la petición formulada por UPN, también por razones "formales", se subraya que para modificar el artículo 228 en su actual redacción únicamente cabe hacer uso de la iniciativa legislativa, que requiere mayoría absoluta en el pleno del Parlamento.
Por tanto, la fijación de un turno final para los grupos parlamentarios como réplica a la intervención de los miembros del Gobierno pasa únicamente por la modificación del nuevo Reglamento, aprobado el 16 de marzo de 2023.