El juez deja en libertad con medidas al expresidente del CD Tudelano, investigado por apropiación indebida y blanqueo

Europa Press Navarra
Publicado: miércoles, 10 junio 2026 19:47

PAMPLONA 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

El titular de la plaza nº 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela ha acordado la libertad provisional de Ramón Lázaro, expresidente del Club Deportivo Tudelano y del Ribera Fútbol Sala, investigado por presuntos delitos de pertenencia a grupo criminal, corrupción entre particulares, estafa, apropiación indebida agravada, blanqueo de capitales, fraude en subvenciones, falsedad documental y alzamiento de bienes.

En un auto, el magistrado impone a Ramón Lázaro la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes ante el tribunal de instancia más próximo a su domicilio, así como siempre que sea requerido por la autoridad judicial.

Además, le prohíbe salir del territorio nacional y le obliga a entregar su pasaporte en el tribunal de instancia más cercano a su residencia en un plazo de 24 horas desde la notificación de la resolución, con prohibición expresa de expedición de un nuevo documento de viaje.

El magistrado rechaza la petición de la Fiscalía, que había solicitado prisión provisional comunicada y sin fianza al apreciar riesgo de fuga y de destrucción de fuentes de prueba, y opta por medidas cautelares menos gravosas al considerar que no concurren esos peligros en la situación actual de la causa.

El juez subraya que el patrimonio del investigado ha sido intervenido “tanto en el territorio nacional como fuera de él”, incluidos 1.430.000 euros presuntamente transferidos al extranjero, así como tres inmuebles, vehículos, cuentas bancarias y las claves del monedero de criptomonedas intervenidas en los registros practicados el pasado 8 de junio en tres domicilios vinculados a Ramón Lázaro.

A la vista de esas actuaciones, la resolución judicial concluye que las “capacidades del investigado para ocultar o destruir fuentes de prueba son ínfimas”.

El auto también niega que exista un riesgo relevante de fuga, al entender que la intervención de la totalidad de su patrimonio y la imposición de medidas de control personal reducen “muy notablemente” su capacidad económica y material para sustraerse a la acción de la Justicia.

En la misma resolución, el juez desestima la nulidad de las intervenciones telefónicas solicitada por la defensa y mantiene como válidas las grabaciones sobre las que se ha elaborado el atestado policial.

El magisgrado señala que de las actuaciones practicadas se desprende la presunta comisión de un delito pertenencia a grupo criminal, corrupción entre particulares, apropiación indebida agravada, blanqueo de capitales, fraude en subvenciones, falsedad documental, estafa y alzamiento de bienes.

Según añade, Ramón Lázaro, desde su llegada al CD Tudelano en 2022 y Ribera Futbol Sala en 2023 inició "una amplia amalgama de actividades criminales destinadas exclusivamente a su enriquecimiento ilícito, que comprende el apoderamiento de importantes cantidades de dinero procedente de los dos clubes de fútbol que presidía bajo el ?cticio pretexto de prétamos simulados o devolución de los mismos, amaño de partidos de futbol que destinaba, entre otros ?nes, a la compraventa de propiedades (cuatro viviendas) que inscribió a nombre de una tercera persona estrechamente vinculado a él".

De igual modo, según el auto, Ramón Lázaro habría organizado un sistema de “doblaje de patrocinios deportivos” para "favorecer a empresarios locales que efectuaban importantes aportaciones, en concepto de patrocinio", que Lázaro "reintegraba gran parte, en efectivo, a dicho patrocinador, sin desde luego declarar tal operación a la Hacienda Pública". "Tales hechos constituyen un delito de apropiación indebida, en su modalidad agravada, ya de?nido, al exceder el importe defraudado de 50.000 euros", expone.

De igual modo, según el magistrado, Lázaro presuntamente habría alterado documentos mercantiles (facturas), "con la ?nalidad de alcanzar un volumen de facturación necesario para acceder a subvenciones públicas, que destinaba para su enriquecimiento ilícito". "Tales hechos constituyen un delito de falsedad en documento mercantil, cometido por un particular", explica.

También señala que Lázaro habría dispuesto de subvenciones concedidas a entidades y asociaciones deportivas que presidía "para su enriquecimiento ilícito" y "tales hechos constituyen un delito de fraude en las subvenciones".

Asimismo, Ramón Lázaro presuntamente habría participado "en el amaño o intento de amaño de partidos de futbol/futbol sala (tres de momento) en el que estaban involucrados equipos de futbol que preside, previa propuesta económica de abono a ciertos jugadores implicados en dichos encuentros, sobre los que efectuaría apuestas deportivas".

Contra la decisión judicial cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días, así como recurso de apelación, bien de forma subsidiaria o independiente, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación, ante el propio Tribunal de Instancia de Tudela.

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