'Muévete bien. Pamplona Ciudad 30', campaña informativa para conocer las novedades de la Ordenanza de Movilidad

Publicado: martes, 14 mayo 2019 16:08

PAMPLONA, 14 May. (EUROPA PRESS) -

El próximo 1 de agosto entrará en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad que regula la circulación de todo tipo de vehículos por la ciudad de Pamplona. El Ayuntamiento de Pamplona ha iniciado una campaña informativa para que la ciudadanía conozca las novedades de la nueva normativa y cómo deben circular vehículos como las bicicletas, los patinetes o los llamados VMP (Vehículos de Movilidad Personal).

La campaña 'Muévete bien-Ongi Ibili. Pamplona Ciudad 30' se difundirá con cartelería en los mupis y relojes de la ciudad, a través de un vídeo que se moverá en redes sociales y web y a través de folletos que se enviarán a los domicilios o que se podrán encontrar en espacios como los civivox o las bibliotecas.

La nueva Ordenanza de Movilidad, ha informado el Consistorio, se enmarca dentro de la estrategia del Ayuntamiento de Pamplona que tiene como objetivo "conseguir una ciudad más sostenible, igualitaria y amable para quienes la habitan". "Esa estrategia pasa por colocar a las personas en el centro del diseño urbano y en priorizar los desplazamientos a pie, el uso de las bicicletas y del transporte urbano sobre el vehículo privado a motor", ha indicado.

A través del Plan 'Pamplona Ciudad 30', se irá aplicando de forma progresiva la limitación general de velocidad a 30 kilómetros por hora. Esa medida permitirá, ha expuesto, priorizar la seguridad sobre la velocidad del tráfico motorizado; ganar nuevos espacios amabilizados; incorporar a la circulación en la calzada a las bicicletas y a los vehículos de movilidad personal (VMP); consolidar las aceras como espacios exclusivos peatonales; mejorar la seguridad de la movilidad personal; y "tener así una ciudad más sostenible y amable".

La campaña se centra, básicamente, en cuatro aspectos relativos a la movilidad peatonal, a la circulación en bicicleta, a la circulación de patines, patinetes y VMP y, por último, a los ascensores urbanos y rampas mecánicas.

En cada uno de ellos se enumeran las principales novedades y los detalles más importantes que recoge la ordenanza y que hay que tener en cuenta para cumplir esa normativa. Se insiste en que las bicicletas, excepto en el caso de menores de 14 años, los Vehículos de Movilidad Personal y los ciclos de más de dos ruedas no podrán circular por las aceras.

MOVILIDAD PEATONAL

La ordenanza convierte a los peatones en los principales protagonistas de la movilidad en la ciudad. En las calles residenciales (señal S-28), en parques y en paseos, las personas a pie pueden utilizar toda la zona de circulación. Aunque en estos espacios se permite la coexistencia de varios modos de desplazamiento, la preferencia siempre en la de las personas a pie.

También se establecen medidas relativas los pasos de peatones para hacerlos más seguros y visibles. Se limitará de manera progresiva el estacionamiento o parada en los 5 metros anteriores al sentido de la marcha de todos los pasos peatonales. Además, en esos espacios libres que se generen, se habilitarán plaza de aparcamiento para bicicletas, VMP o para ciclomotores y motocicletas.

Las personas con movilidad reducida que circulen en sillas o triciclos, incluidos los eléctricos, serán considerados como una persona a pie más y tendrán prioridad sobre el resto de viandantes. Podrán circular, también, por las vías ciclistas segregadas del tráfico motorizado.

CÓMO CIRCULAR EN BICICLETA

En la ciudad, las bicicletas son un vehículo más y, por ello, deben respetar las normas y ser respetadas, dice el Ayuntamiento. Pueden circular por calzadas, carriles bici, calles residenciales, parques y paseos, sendas ciclables y por el Parque Fluvial del Arga en Pamplona.

Por la calzada, se circulará preferentemente por el carril derecho, utilizando en lo posible la parte central del carril o la vía. Los vehículos a motor deberán facilitar la circulación de la bicicleta, sin hostigarle, adecuando su velocidad y manteniendo una distancia de seguridad. Para adelantar a las bicis, los vehículos deben cambiar de carril y hacerlo a más de 1,5 metros de distancia. En las calles de un solo carril las bicicletas no pueden ser adelantadas.

Las bicicletas no pueden circular por las aceras, excepto menores de 14 años acompañados de una persona adulta y aceras señalizadas en aquellas calles en las que no se ofrezca otra alternativa específica. Las bicicletas no pueden circular por carriles reservados al transporte público.

En otro orden de cosas, en los pasos peatonales, se recomienda a las personas ciclistas que se bajen de la bici salvo en los pasos ciclistas, que podrán cruzar pedaleando. En cuanto al estacionamiento, se realizará preferentemente en los aparcabicis. Si se amarra en otro lugar, no debe obstaculizar el tránsito peatonal, dejando al menos 2 metros libres, ni amarrarse a arbolado, bancos o marquesinas.

PATINES, PATINETES Y VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP)

Las nuevas soluciones de movilidad como los patines, patinetes o los llamados VMP (Vehículos de Movilidad Personal eléctrica) se incorporan también a la ordenanza, que regula su uso y circulación. Los patines, patinetes o aparatos similares no motorizados podrán circular por zonas peatonales, calles residenciales, aceras, carriles bici protegidos, aceras bici, sendas ciclables, parques y paseos. No podrán circular por la calzada o por carriles bici no protegidos.

Los monopatines, por su parte, no pueden circular por calzada ni por ningún tipo de carril bici, sea protegido o no. Pueden circular por zonas peatonales, calles residenciales, aceras, aceras bici, sendas ciclables, parques y paseos.

Los VMP y ciclos de más de dos ruedas no pueden circular por las aceras o por los espacios peatonales. La edad mínima para utilizarlos es de 14 años y se debe llevar casco y chaleco reflectante cuando se circule por la calzada. Se establecen tres clases de vehículos de este tipo en función de la velocidad que alcancen y de su masa máxima.

Los de tipo A (plataformas - howerboard, monociclos y patines: 20 km/h y masa máxima de 25 kilogramos) pueden circular por la infraestructura ciclista, parques, zonas peatonales y residenciales; no pueden transportar pasajeros; pueden no disponer de freno y timbres; y no se pueden utilizar para la distribución de mercancías.

Los de tipo B (segways y patinetes grandes: 30 km/h y masa máxima de 50 kilogramos) pueden circular por las mismas vías que los anteriores y por calles limitadas a 30 km/h; deben tener freno y timbre y no pueden transportar pasajeros. Los de tipo C (VMP y ciclos de más de dos ruedas: 45 km/h y masa máxima de 300 kilogramos) pueden circular también por las calzadas; deben tener timbre y freno; pueden transportar pasajeros; pueden usarse para distribuir mercancías; pero no pueden circular por la avenida de Navarra y la ronda PA-30.

BICICLETAS Y ANIMALES EN LOS ASCENSORES

La ordenanza, al igual que el material de la campaña, recoge también la llamada movilidad vertical que regula el uso de los ascensores urbanos y rampas mecánicas. En ambas infraestructuras las personas con movilidad reducida tendrán acceso preferente. En el caso de los ascensores se podrá acceder a la cabina con carros de la compra, silletas portabebés y animales domésticos, siempre que estén atados y con bozal o dentro de un transportín para animales. Los perros-guía no se incluyen en estas reglas.

Para las bicicletas, se establece que cuando el ascensor llegue a su máxima capacidad solo se permita la entrada máxima de dos bicicletas, que deberán estar en las paredes laterales de la cabina, plegadas o con las dos ruedas apoyadas en el suelo y sujetas por la persona usuaria.

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