El TSJN rechaza el recurso de los sindicatos contra las listas preferentes para contratar docentes

Actualizado: viernes, 6 marzo 2009 17:44

PAMPLONA, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado el recurso interpuesto por cinco sindicatos contra el sistema de "listas preferentes" que estableció el departamento de Educación para la contratación de personal docente interino.

Los sindicato recurrentes fueron CCOO, Stee-Eilas, Csi-Csif, Afapna y UGT, centrales que consideraban que el Gobierno de Navarra había vulnerado el derecho de la libertad sindical puesto que se había prescindido de "una negociación colectiva efectiva y de acuerdo con las centrales sindicales".

Frente a este argumento, la sentencia del TSJN señala que "ha existido una material y efectiva negociación aunque sin acuerdo con los sindicatos" y expresa que los sindicatos "tuvieron pleno conocimiento material de la propuesta de la Administración, pudiendo hacer otras propuestas y negándose frontalmente, en su legítimo derecho, a aceptar la propuesta de la Administración". "La Administración está obligada a negociar, pero no a convenir con los sindicatos obligatoriamente", añade.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra concluye que la medida que, para agilizar las contrataciones, adoptó el departamento de Educación de configurar listas preferentes de aprobados sin plaza se ajusta a Derecho.

Como se sabe, Educación ha venido manteniendo la necesidad de aprobar la oposición como requisito imprescindible para optar, en primer lugar, a uno de los puestos de contratación temporal. No obstante, a esta primera lista, denominada preferente, el departamento ha previsto añadir otras secundarias que permitirán contratar a más docentes si las necesidades son mayores que el número de personas que integran la lista preferente.

La propuesta del departamento de Educación establece primero una lista preferente de aprobados en la oposición que no obtengan una plaza; segundo, una lista general integrada por todos aquellos aspirantes incluidos en las relaciones vigentes en la actualidad, y tercero, una lista previa de aspirantes constituida por quienes presenten instancia solicitando su inclusión en esta relación.

En caso de urgencia Educación podrá solicitar finalmente al Servicio Navarro de Empleo una relación de demandantes de empleo que reúnan los requisitos exigidos para impartir docencia y, excepcionalmente, por urgencia y siempre que no haya aspirantes disponibles en el resto de listas, podrán celebrarse contrataciones específicas, que pasarán a formar parte de la lista general.