El TSJN rechaza suspender cautelarmente la obligatoriedad de cursar Educación para la Ciudadanía

Actualizado: viernes, 2 mayo 2008 13:23

PAMPLONA, 2 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado suspender cautelarmente la obligatoriedad de cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

Las dos secciones de la Sala de lo Contencioso, en sendas resoluciones notificadas hoy, desestiman asimismo que los alumnos puedan quedar exentos de asistir a las clases de Educación para la Ciudadanía temporalmente mientras se resuelve el recurso presentado por sus padres contra esta asignatura, informó el TSJN en un comunicado.

Los magistrados aseguran que, frente al interés de los recurrentes, "ha de prevalecer el interés público concretado en que todos los jóvenes españoles (o en España educados) lo sean conforme a los criterios o parámetros establecidos en una ley formal, que tal es el rango de la norma (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), que establece la obligatoriedad de cursar la asignatura".

El TSJN también advierte sobre la situación que se produciría si admitiese ahora la suspensión cautelar y el recurso resultase luego desestimado al señalar que los alumnos que no hubieran sido instruidos de la parte de la asignatura impartida durante el periodo de la suspensión deberían responder por toda ella.