Actualizado 20/06/2007 21:23

Crónica juicio(2).- Condenado a 21 años de prisión el asesino del celador y su mujer, a la que intentó exculpar, a 15

- El matrimonio deberá pagar una indemnización de más de 230.000 euros a la viuda de la víctima y a sus dos hijos

SEVILLA, 20 Jun. (OTR/PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 21 años de prisión a Ricardo S.A, y a 15 años a su esposa, María Luisa C.J, a pesar de que su marido intentó exculparla en el juicio, por el asesinato a tiros del celador del Hospital Virgen del Rocío de Sevilla Gaspar G.T, después de que este atropellara sin consecuencias a la hija de ambos. Además, el matrimonio deberá pagar una indemnización de más de 230.000 euros a la viuda de la víctima y a sus dos hijos.

Según explicó el abogado de la defensa, Javier del Rey, la juez "ha impuesto a Ricardo la pena mínima por asesinato con alevosía y ensañamiento", 20 años, a pesar de que tanto el fiscal como la acusación particular habían pedido penas mayores, concretamente de 22 y 25 años respectivamente por este delito. Además, por el delito de tenencia ilícita de armas le ha condenado a un año en lugar de los dos años que pedían las acusación y Ministerio Público.

En cuanto a la mujer, a la que el marido intentó exculpar, acusando de cómplice a su hermano, finalmente fue declarada culpable y ha sido condenada a 15 años de prisión, un año más de lo que había reclamado el fiscal, si bien éste mantuvo en sus conclusiones su calificación como cómplice y no como coautora, y se queda lejos de los 20 años que había reclamado la acusación particular, ya que también ha aplicado el mínimo legal contemplado para los casos de asesinato con alevosía, que va de 15 a 20 años.

En cuanto a las indemnizaciones, la juez sí las ha elevado con respecto a lo que solicitaba el Ministerio Fiscal, pues de los 90.600 euros que pedía para la esposa del celador ha pasado a 198.445 euros, mientras que para cada uno de los dos hijos la ha elevado de los 7.600 a 16.537 euros. La acusación particular reclamaba en total 300.000 euros. No obstante, pese a la considerable bajada de la condena el abogado de los imputados ya ha anunciado que va a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el fallo de la Audiencia para ambos acusados, "porque no se le ha reconocido ninguna de las atenuantes que están acreditadas", explicó.

TRASTORNOS PSICOLÓGICOS

De esta forma, como ya dijo el pasado viernes cuando conoció el veredicto de culpabilidad del jurado, aseguró que "no se han estimado correctamente" los informes psiquiátricos y toxicológicos, que "demuestran que Ricardo sufre un trastorno psicológico y que estaba bajo los efectos del alcohol y las drogas", esperando que "un tribunal profesional lo estime". En su declaración, el ahora condenado alegó que disparó al cleador porque creía que su hija había sido víctima de unos "gitanos portugueses" que habían amenazado de muerte a su familia.

Respecto a María Luisa C.J., el abogado reclamará su libre absolución "porque no hay pruebas fehacientes". Así, recordó "las contradicciones de los testigos, pues sólo una testigo de tres dice haberla visto". Además, sobre el ingreso en prisión de la acusada, que se produjo nada más conocerse el veredicto a petición del fiscal y la acusación particular, aseveró que recurrirán la prisión "porque no hay riesgo de que se fugue como ha demostrado durante un año y medio compareciendo cada 15 días en los Juzgados".

Por su parte, el letrado de la acusación particular, Rafael Villegas, explicó que la juez "ha aplicado los mínimos legales, un criterio que no comparte con las indemnizaciones que se ha acogido a los baremos legales para duplicarla". A este respecto Villegas criticó que para el caso de la condena "se haya optado por la pena mínima y no se haya establecido la condena al menos aplicando un criterio medio", recordando que "de poco sirve que se aumente la indemnización porque están declarados insolventes".

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