Actualizado 24/01/2007 17:37

Crónica ETA.-La Audiencia se da un día más de plazo para decidir sobre De Juana y el fiscal pide su arresto domiciliario

- Todos los magistrados de lo Penal, y no sólo tres, acordarán mañana si suavizan o no la situación penitenciaria del etarra

MADRID, 24 Ene. (OTR/PRESS) -

La Audiencia Nacional se da un día más para analizar si aplica alguna medida que atenúe la situación penitenciaria del preso etarra Iñaki de Juana Chaos, en huelga de hambre desde hace 79 días, ante su grave estado de salud. Y serán todos los magistrados de lo Penal, y no sólo tres, los que determinen qué hacer con el preso. Hoy la Fiscalía solicitó su excarcelación para que sea trasladado a su domicilio y se le mantenga en custodia policial permanente, lo que se conoce como prisión atenuada. El Ministerio Público entiende que con este arresto domiciliario se lograría un doble objetivo: se preservaría su vida a la vez que se evitaría que eluda la acción de la Justicia.

Finalmente será el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quien decida mañana sobre De Juana Chaos, después de que así lo hubiera solicitado el presidente de la Sección Tercera, Alfonso Guevara. El magistrado, que no forma parte del tribunal sentenciador, propuso que fuera el Pleno de la Sala de lo Penal, formado por todos sus magistrados, el órgano que decida sobre el etarra. Esta petición contó con el respaldo de otros nueve magistrados, por lo que el tribunal sentenciador ha decidido elevar el asunto al Pleno, que se reunirá mañana, a partir de las 9.30 horas, para tomar una decisión sobre el estado de salud del etarra y su situación penitenciaria.

Hoy la Fiscalía presentó un informe ante la Audiencia solicitando prisión atenuada para el etarra. El fiscal Fernando Burgos justifica su petición en el artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que recoge la posibilidad de que los presos preventivos -como es De Juana- puedan ser trasladados a casa cuando su vida corra peligro. Pese a que fue condenado en noviembre a 12 años y 7 meses de prisión por un delito de amenazas terroristas, a De Juana se considera preso preventivo porque esta sentencia se encuentra recurrida ante el Tribunal Supremo.

La prisión atenuada se aplica habitualmente a presos preventivos que se encuentran en fase terminal de una enfermedad -como el sida y el cáncer- y puede ser reversible, es decir, que si De Juana mejora y desaparece el motivo por el que se aplica el artículo 508, el tribunal podría volver a declarar el ingreso en prisión del terrorista. Una posibilidad que no aparece reflejada en el informe que el fiscal ha entregado a la Audiencia.

EL RIESGO DE LA ALIMENTACIÓN FORZOSA

Aunque el informe del fiscal reconoce que, en este momento, su vida "no corre peligro inminente", señala que los médicos ya han alertado que que de ser alimentado otra vez de manera forzosa existiría "alto riesgo de pérdida de la vida del procesado". Un tercer ciclo de alimentación forzosa un proceso de deterioro progresivo, no sólo por la ausencia de alimentación voluntaria, sino en relación con el propio proceso ayuno-alimentación no fisiológico y las medidas de contención forzosas que deberán tomarse, que a medio plazo pueden causar la muerte o graves secuelas". Además, recuerda que los médicos no descartan la "muerte súbita del reo".

La Fiscalía considera que el conflicto de intereses que se plantea entre el mantenimiento y preservación de la vida del procesado -responsabilidad del Estado- y el principio de seguridad a que la medida de prisión preventiva responde. De Juana está en esta situación preventiva desde enero de 2005.

La medida se decretó cuando se instruía la causa en la que finalmente fue condenado por dos artículos que publicó en 'Gara', que fueron considerados amenazas terroristas, un procedimiento que evitó que fuera excarcelado tras cumplir 18 años de cárcel de los más de 3.000 a los que fue condenado por 25 asesinatos terroristas. Con esta media se buscaba asegurar la presencia del imputado en el proceso, evitar la obstrucción de la investigación y evitar el riesgo de reiteración delictiva.

DOBLE JUSTIFICACIÓN

En este momento se descarta que De Juana pueda manipular pruebas con respecto a la causa por amenazas, aunque siguen concurriendo los otros dos motivos que justifican su prisión. "La continuación de la medida de prisión provisional y el consiguiente internamiento en un Centro penitenciario entraña, a tenor de los informes médicos, un grave peligro para la salud del interno", apunta la Fiscalía que aboga así por adoptar otras medidas cautelares menos gravosas, como la prisión atenuada o domiciliaria, mientras se espera la sentencia del Supremo.

La única razón que justificaría "legal y constitucionalmente" la presencia de De Juana en prisión, según el fiscal, sería la existencia de un elevado riesgo de fuga y sustracción al proceso penal, un riesgo que "quedaría neutralizado por la medida de prisión atenuada" que conlleva una vigilancia policial permanente.

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